Subvenciones destinadas a potenciar el transporte de interes social para el año 2015.
Código de ayuda:
S13664/15Norma:
Orden INN/11/2015, de 16 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/04/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a potenciar el funcionamiento de las estaciones y/o terminales de autobuses de Cantabria, dado el interés social del transporte público por carretera para el 2015.Categorías Subvención
Transporte
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/6.png)
Convoca:
Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención podrá ser de hasta un 50% de los gastos corrientes de las estaciones o terminales de autobuses considerados subvencionables.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los concesionarios del Gobierno de Cantabria de estaciones o terminales de servicios públicos regulares, permanentes y de uso general de transporte de viajeros por carretera de la Comunidad.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables aquellos gastos de las estaciones o terminales que hayan tenido lugar desde el 1 de enero al 30 de noviembre (inclusive) de 2015. Estos gastos serán acreditados mediante facturas, recibos o documentos justificativos cuya fecha de pago material esté comprendida entre el 1 de enero y el 30 de noviembre (inclusive) de 2015 y que se encuentren dentro de alguna de las siguientes categorías:a) Reparaciones, conservación y mantenimiento: los de sostenimiento del inmovilizado y movilizado de la estación.
b) Suministros de electricidad, basura, agua, y teléfono.
c) Gastos de personal afiliado a la Seguridad Social de la empresa concesionaria, en la parte proporcional que preste servicios propios a la estación.
d) Gastos por servicios profesionales contratados a otras empresas: servicios de limpieza, servicios de seguridad, gastos de asesoría y auditoría y defensa jurídica.
e) Otros gastos corrientes que, por su índole, pudieran ser considerados objeto de subvención a criterio de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, (por ejemplo, gastos en publicidad, canon a favor de la Sociedad General de Autores, impuesto sobre bienes inmuebles, seguros, etc.).
Deberá quedar acreditado que los gastos objeto de subvención corresponden a la estación o terminal de autobuses en cuestión.
En ningún caso podrá ser objeto de subcontratación la ejecución de la actividad objeto de la presente subvención.
Documentos asociados
Boletín:
25/03/2015
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 58
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 58
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento