Subvenciones destinadas a promover y apoyar las actividades culturales y de juventud en Andorra para el año 2005.
Código de ayuda:
S26037/05Norma:
Bases publicadas el 18 de mayo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/06/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La ayuda para aquéllos proyectos de carácter cultural o de juventud, presentados por iniciativa particular, que por su interés general, por satisfacer demandas no cubiertas desde otras instancias públicas o privadas, por estar dirigidos a colectivos con dificultades deacceso a los canales culturales y formativos existentes u otros criterios de interés público, se considere deben ser apoyados por el Patronato Municipal de Cultura y Turismo de Andorra, con la finalidad de ampliar la oferta institucional existente, llegando a todos los sectores de población.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Juventud
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Ayuntamiento de Andorra (Aragón)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas, entidades, asociaciones, con domicilio en el municipio de Andorra y que acrediten que su proyecto es de interés para la colectividad.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A) ACCIONES PRIORITARIAS:- Programas destinados a sectores de población con mayores dificultades de acceso a la oferta cultural y formativa: personas mayores, discapacitados, mujeres, jóvenes, infancia, etc.
B) ACTIVIDADES FORMATIVAS Y EDUCATIVAS:
- Cursos de formación personal o de desarrollo de habilidades artísticas: habilidades sociales, educación para la salud, educación medioambiental, nuevas tecnologías, música, folklore, danza, artes plásticas, fotografía, cine, teatro, etc.
- Encuentros, jornadas, seminarios, etc., de carácter cultural y/o juvenil.
C) ACTIVIDADES DE PROMOCION Y DIFUSION CULTURAL:
- Representaciones teatrales, conciertos de música, proyecciones cinematográficas, recuperación de tradiciones, conferencias, exposiciones, ciclos culturales, actividades y concursos artísticos, publicaciones, etc.
6. ACTIVIDADES EXCLUIDAS.
Quedan excluidos a efectos de subvenciones los proyectos que contemplen:
- Actividades de carácter deportivo, de tiempo libre, de ayuda al desarrollo o cuyos fines sean asistenciales o de acción social que se regirán por sus convocatorias específicas.
- Actividades con fines económicos o lucrativos.
- Actividades sin un claro valor cultural y comunitario.
- Actos que tengan lugar fuera del ámbito territorial de Andorra, salvo aquellos que contribuyan a la difusión de nuestra cultura en el exterior.
- Programas que cuenten ya con subvención concedida por el Ayuntamiento o alguno de sus patronatos, o estén subvencionados por otros organismos o instituciones en su totalidad.
- Actos convivenciales o festivos (grupos de baile, comidas, obsequios, trofeos, bebidas, vinos de honor, etc.).
- Compra de instrumentos, uniformes, trajes, etc.
- Gastos de viajes, autobuses, kilometrajes, alojamientos, etc.
- En ningún caso se admitirán gastos de inversión o funcionamiento (adecuación o alquiler de locales, teléfono, correos, limpieza, calefacción, material de oficina, material informático, etc.), puesto que las subvenciones van destinadas exclusivamente a actividades en materia de cultura y juventud.
Documentos asociados
Boletín:
18/05/2005
BO Provincia de Teruel- Nº 93
Documento: Bases Reguladoras 2005 Descargar Documento
BO Provincia de Teruel- Nº 93
Documento: Bases Reguladoras 2005 Descargar Documento