Subvenciones destinadas a proyectos de formación y contratación de mujeres desempleadas en ocupaciones laborales masculinizadas, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi.
Código de ayuda:
S31946/21Norma:
DECRETO 82/2016, de 31 de mayo. RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2021.Plazo de Solicitud:
Para acciones formativas el 29 de octubre de 2021 y para contratación 1 mes desde el contrato (hasta 28/10/2022).Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regularizar para el periodo 2021-2022, de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de formación y contratación de mujeres desempleadas en ocupaciones laborales masculinizadas.Categorías Subvención
- Empleo
- Formación
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Economia, Trabajo y Empleo (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
860.000 euros para la financiación de las acciones formativas y actuaciones de prospección y fomento de la participación, de los cuales 516.000 euros corresponden al crédito de pago de 2021 y 344.000 euros al crédito de compromiso para el 2022.1.140.000 euros para la financiación de los contratos de trabajo, con cargo al crédito de pago del presupuesto ordinario de 2022.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Las Empresas con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco, independientemente de su forma jurídica, de carácter privado, que vayan a realizar directamente en las mismas las contrataciones de las personas formadas. Quedarán excluidas las empresas de trabajo temporal, empresas de outsourcing y empresas de multiservicios de personal, así como cualquier empresa pública.Las Entidades de formación, privadas o públicas, acreditadas y/o inscritas, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención, en el Registro de Entidades de Formación gestionado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en cualquier otro Registro de Entidades de Formación para el empleo de carácter autonómico o en el registro Estatal de entidades de Formación, para la impartición de las especialidades a las que corresponden las acciones formativas que configuran su proyecto formativo.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de subvención la realización de proyectos de formación y contratación, entendiendo como tales aquellos que combinen acciones de formación con compromiso de contratación, actuaciones de prospección y fomento de la participación, así como contratación laboral efectiva, en ocupaciones laborales masculinizadas, de forma que se incremente la presencia de las mujeres en las mismas.Los tres tipos de actuaciones subvencionables, formación con compromiso de contratación, prospección y fomento de la participación y contratación, deberán reunir los requisitos previstos a continuación:
A) En relación con las acciones formativas con compromiso de contratación, podrá ser objeto de subvención la impartición, en modalidad presencial, de formación cualificante, con carácter prioritario asociada a certificados de profesionalidad, así como de formación transversal y para la adquisición de competencias básicas en caso de resultar precisa para el buen fin del proyecto. Las especialidades formativas cualificantes a impartir serán, prioritariamente, las recogidas en el anexo de esta convocatoria.
B) Serán objeto de subvención las actuaciones para la prospección de mercado que permitan contactar e implicar a posibles empresas contratantes en políticas de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, materializando su contratación, así como las de fomento de la participación y selección de candidatas.
C) En relación con los contratos de trabajo, podrán ser objeto de subvención aquellos celebrados a jornada completa, que se celebren con las alumnas que finalicen las acciones formativas subvencionadas al amparo de esta convocatoria, para prestar servicios en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que cumplan los requisitos.
Documentos asociados
Boletín:
07/06/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 107
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 107
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
14/06/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 115
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 115
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento