Subvenciones destinadas a reparar los daños causados y las perdidas producidas en los establecimientos industriales, mercantiles, comerciales y turisticos producidos en el territorio de Aragon como consecuencia de los desbordamientos acontecidos en la cuenca del Ebro.
Código de ayuda:
S13264/15Norma:
ORDEN de 23 de marzo de 2015. Decreto-Ley 1/2015, de 9 de marzo. ORDEN de 30 de abril de 2015. Real Decreto-ley 2/2019, de 25 de enero.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de junio de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de las ayudas destinadas a reparar los daños causados y las pérdidas producidas en los establecimientos industriales (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales), mercantiles, comerciales y turísticos producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de los desbordamientos acontecidos en la cuenca del Ebro.Categorías Subvención
Comercio
Inversiones Materiales y Equipos
Transporte
Turismo y Hostelería
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Industria e Innovación (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las ayudas previstas en esta orden podrá alcanzar la totalidad del importe de los daños o pérdidas acreditados. En ningún caso la cuantía de las mismas junto con las concedidas por el resto de las Administraciones Públicas u organismos públicos nacionales o internacionales, y las indemnizaciones que puedan percibir los damnificados de los seguros contratados, podrá superar el importe total del valor del daño o pérdida producido. En todo caso deberá respetarse lo dispuesto en el régimen de ayudas de estado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos industriales, comerciales, turísticos y demás establecimientos mercantiles debidamente registrados a efectos fiscales, en funcionamiento, con independencia del número de empleados, que hayan sufrido daños o pérdidas de cualquier naturaleza (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales), siempre y cuando sea como consecuencia directa de las inundaciones producidas en los meses de febrero y marzo de 2015 en la cuenca del río Ebro y se encuentren ubicados en los municipios incluidos en el ámbito de aplicación de esta orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La reconstrucción de los edificios y de las instalaciones industriales, comerciales, mercantiles y turísticas que hayan sufrido daños como consecuencia de las inundaciones.b) La reposición del utillaje, del mobiliario y de otros elementos esenciales, así como las existencias y productos propios derivados de su actividad, bien sean materia primas, materias en transformación, productos semielaborados o terminados y subproductos susceptibles de comercialización o valorización con anterioridad al desbordamiento, que hayan quedado inservibles o no comercializables.
c) La reparación de los daños o sustitución de la maquinaria y de los vehículos afectos a las actividades de estos establecimientos, hayan sufrido daños como consecuencia de las inundaciones.
Documentos asociados
Boletín:
10/03/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 47
Documento: DECRETO-LEY 1/2015, de 9 de marzo. Descargar Documento
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Boletín:
24/03/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 56
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Bases, Convocatoria y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
05/05/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 83
Documento: Ampliación Plazo Solicitud Descargar Documento
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Documento: Ampliación Plazo Solicitud Descargar Documento