Subvenciones destinadas al acceso de los ciudadanos a nuevas conexiones a internet, y por la que se aprueban las bases reguladoras de dichas subvenciones, en el ambito de la Comunidad Autonoma de Galicia para los años 2011 y 2012, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013.- Convocatoria 2011.- Modificación.
Código de ayuda:
S32000/11Norma:
RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2011. RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/07/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar la selección de las entidades colaboradoras que participarán en la gestión de las subvenciones para la promoción de la contratación de nuevas conexiones de Internet para ciudadanos, así como aprobar las bases reguladoras de dichas subvenciones para los años 2011 y 2012.Categorías Subvención
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La intensidad de la ayuda será del 40% del coste de la tarifa mensual de conexión a internet a partir del segundo mes de servicio y hasta completar un año, con una cuantía máxima de 180 € y condicionada a la permanencia en el servicio durante un año. El alta de la línea y el importe de la tarifa correspondiente al primer mes será asumido por la entidad colaboradora.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las familias con domicilio en la Comunidad Autónoma de Galicia con una renta per cápita familiar igual o inferior a 9.000 € que soliciten un nuevo acceso a internet, entendiendo por renta per cápita familiar, la renta familiar dividida entre el número de miembros de la unidad familiar computables.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considerarán como inversiones subvencionables la contratación de la prestación de un servicio de conexión a internet durante un período de, al menos, 12 meses. Dicho servicio de conexión deberá tener asociada una velocidad de transferencia de datos de, como mínimo, 1 Mbps en sentido de la red al usuario (DL), considerando una modalidad de acceso sin restricción horaria.Requisitos:
- El domicilio de instalación de la nueva conexión deberá ser el de residencia, extremo a comprobar mediante coincidencia de dicha dirección en el DNI o en el certificado de empadronamiento expedido al efecto. En dicho domicilio no puede haber contratada ninguna conexión de internet de 1 Mbps o superior en el momento de efectuar la solicitud ni haber sido dada de baja por el solicitante (o por cualquier familiar dentro del cuarto grado de consanguinidad o según grado de afinidad) por lo menos en los tres meses anteriores a la publicación de la presente convocatoria.- El nuevo contrato de conexión a internet deberá mantenerse por un período mínimo de un año, contado desde la fecha de alta en el servicio.
Documentos asociados
Boletín:
03/06/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 106
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 106
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
20/12/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 241
Documento: Modificación Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 241
Documento: Modificación Descargar Documento