Subvenciones destinadas al aumento del valor añadido de los productos agricolas procedentes de la agricultura, establecidas en la Seccion 5ª del Capitulo II de las bases reguladoras de la concesion de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el periodo de programacion 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010, de la Consejeria de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentacion.- Convocatoria anticipada 2013
Código de ayuda:
S53900/11Norma:
ORDEN de 23 de diciembre de 2011. Orden de 10 de febrero de 2010. ORDEN de 20 de diciembre de 2012. ORDEN de 23 de enero de 2013. ORDEN de 25 de febrero de 2013.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 28 de febrero de 2013.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar de manera anticipada para el ejercicio del año 2013, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente, las subvenciones destinadas al aumento del valor añadido de los productos agrícolas, procedentes de la agricultura y la ganadería, establecidas en la Sección 5ª del Capítulo II, de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, aprobada mediante Orden de 10 de febrero de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación publicada en el Boletín Oficial de Canarias, nº 37, de 23 de febrero de 2010.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La cuantía de las subvenciones a conceder será del 40% de la inversión aprobada por el órgano instructor.2. En el caso de que la dotación presupuestaria asignada a la convocatoria no se agotase en su totalidad, podrá incrementarse el porcentaje de subvención establecido en el apartado anterior hasta el 75%.
3. La cuantía máxima de la subvención a conceder no podrá superar:
a) Cuatro millones quinientos mil (4.500.000) euros por entidad solicitante, en el período 2007-2013. No obstante, dicha cuantía podrá alcanzar los
seis millones (6.000.000) de euros, en el citado período 2007-2013, en el caso de que el peticionario sea una entidad reconocida como Organización de
Productores de Plátanos, una Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, o una Agrupaciones de Productores Agrarios o miembros integrados en éstas, que cuente con un número de socios superior a 350.
b) Un millón (1.000.000) de euros por entidad solicitante, y por anualidad. No obstante dicha cuantía podrá alcanzar un millón quinientos mil (1.500.000)
euros por anualidad, en el caso de que el peticionario sea una entidad reconocida como Organización de Productores de Plátanos, una Organización de
Productores de Frutas y Hortalizas, una Agrupaciones de Productores Agrarios o miembros integrados en éstas, cooperativas agrarias, sociedades agrarias
de transformación y sociedades mercantiles participada mayoritariamente por éstas, que cuenten con un número de socios superior a 350.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas cuya actividad principal sea la transformación y/o comercialización de los productos incluidos en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Unión Europea, para inversiones realizadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La construcción, mejora y adquisición de inmuebles. En el caso de adquisición de inmuebles no será subvencionable el suelo.b) La compra e instalación de nueva maquinaria y bienes de equipo, incluidos los soportes lógicos de ordenador.
c) Los costes de honorarios profesionales, estudios de viabilidad, adquisición de patentes y licencias, hasta un máximo del 12% del total de la inversión.
Documentos asociados
Boletín:
23/02/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 37
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
30/12/2011
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 255
Documento: Convocatoria Anticipada 2012 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria Anticipada 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
28/12/2012
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 253
Documento: Convocatoria Anticipada 2013 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
28/01/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 18
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento
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Boletín:
26/02/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 39
Documento: Modificación Descargar Documento
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