Subvenciones destinadas al desarrollo local y la promoción del patrimonio cultural en L’Alt Pirineu i Aran.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S28837/16

Norma:

RESOLUCIÓN TES/1843/2016, de 20 de julio. RESOLUCIÓN TES/1863/2016, de 20 de julio. RESOLUCIÓN TES/2742/2016, de 28 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de agosto de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta línea de subvenciones tiene por objeto el desarrollo local y la promoción del patrimonio cultural en L'Alt Pirineu i Aran.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Territorio (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones reguladas en estas bases los entes locales del L'Alt Pirineu i Aran y las
asociaciones con domicilio social en el ámbito territorial de L'Alt Pirineu i Aran.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1 Pueden ser objeto de las subvenciones reguladas en estas bases las actuaciones siguientes:

a) Organización de actividades, jornadas y seminarios realizados en el ámbito del desarrollo local.

b) Organización de actividades, jornadas y seminarios realizados en el ámbito del patrimonio cultural y
artístico.

c) Organización de ferias y certámenes innovadores.

d) Edición de publicaciones de carácter cultural, socioeconómico y científico.

No son subvencionables las actuaciones siguientes:

a) La redacción de proyectos de obra, la rehabilitación y/o reforma de edificios y otros elementos patrimoniales.

b) Cualquier adquisición que sea considerada como inversión.

Requisitos:

Para obtener la condición de beneficiarias de la subvención, las personas solicitantes han de cumplir los
requisitos siguientes:

a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Generalidad de Cataluña y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

c) Declarar sobre si se han pedido y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma
actuación, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u
obtenida.

d) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7172
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 29/07/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7173
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 05/12/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7261
Documento: Ampliación plazo justificación. Descargar Documento