Subvenciones destinadas al desarrollo local y la promoción del patrimonio cultural en L’Alt Pirineu i Aran.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S28837/16Norma:
RESOLUCIÓN TES/1843/2016, de 20 de julio. RESOLUCIÓN TES/1863/2016, de 20 de julio. RESOLUCIÓN TES/2742/2016, de 28 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 18 de agosto de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta línea de subvenciones tiene por objeto el desarrollo local y la promoción del patrimonio cultural en L'Alt Pirineu i Aran.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Corporaciones Locales
- Desarrollo Rural
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Territorio (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Pueden optar a las subvenciones reguladas en estas bases los entes locales del L'Alt Pirineu i Aran y lasasociaciones con domicilio social en el ámbito territorial de L'Alt Pirineu i Aran.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1 Pueden ser objeto de las subvenciones reguladas en estas bases las actuaciones siguientes:a) Organización de actividades, jornadas y seminarios realizados en el ámbito del desarrollo local.
b) Organización de actividades, jornadas y seminarios realizados en el ámbito del patrimonio cultural y
artístico.
c) Organización de ferias y certámenes innovadores.
d) Edición de publicaciones de carácter cultural, socioeconómico y científico.
No son subvencionables las actuaciones siguientes:
a) La redacción de proyectos de obra, la rehabilitación y/o reforma de edificios y otros elementos patrimoniales.
b) Cualquier adquisición que sea considerada como inversión.
Requisitos:
Para obtener la condición de beneficiarias de la subvención, las personas solicitantes han de cumplir losrequisitos siguientes:
a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Generalidad de Cataluña y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
c) Declarar sobre si se han pedido y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma
actuación, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u
obtenida.
d) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.
Documentos asociados
Boletín:
28/07/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7172
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7172
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín:
29/07/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7173
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7173
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín:
05/12/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7261
Documento: Ampliación plazo justificación. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7261
Documento: Ampliación plazo justificación. Descargar Documento