Subvenciones destinadas al fomento de la contratación, por parte de entidades sin ánimo de lucro, de mujeres que sufren violencia de género.- Convocatoria 2024.

Código de ayuda:

S18528/24

Norma:

ORDEN de 1 de agosto de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar la contratación, por parte de las entidades sin ánimo de lucro, de mujeres que sufren violencia de género, al amparo de lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, hasta un máximo de 12 mensualidades, para mejorar y facilitar su inserción laboral con la finalidad de apoyar la recuperación y la integración social y laboral de estas personas.

Por medio de esta convocatoria las entidades tendrán la posibilidad de obtener ayudas para la contratación por cuenta ajena de mujeres que sufren violencia de género (código de procedimiento SI461B).

Su finalidad es contribuir a que las mujeres alcancen una mayor autonomía a través de la promoción de su independencia económica y de su empoderamiento reforzando, al mismo tiempo, las posibilidades de una posterior inserción laboral estable, con el objetivo fundamental de lograr su plena integración en la vida económica y social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social e Igualdad (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones:

a) Las entidades sin ánimo de lucro.

b) Las cooperativas sin ánimo de lucro, según lo establecido en la disposición adicional cuarta de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, que acrediten el cumplimiento de las previsiones de dicha ley respecto de los topes máximos de trabajadores o trabajadoras por cuenta ajena.

Para ser beneficiarias las entidades y las cooperativas relacionadas en el número anterior deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener su domicilio social en Galicia o delegación en la Comunidad Autónoma.

b) Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 159
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2024 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/08/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 159
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento