Subvenciones destinadas al fomento de las actuaciones de control y seguimiento de programas de lucha integrada. Convocatoria para el ejercicio 2007 - modificación.

Código de ayuda:

S67473/07

Norma:

ORDEN de 26 de octubre de 2007. ORDEN de 7 de diciembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las presentes bases es establecer las normas que han de regir la convocatoria de subvenciones
destinadas al fomento de las actuaciones de control y seguimiento de programas de lucha integrada en agricultura.

Las subvenciones que se convocan tendrán por finalidad cubrir los costes de contratación de técnicos
agrarios con titulación universitaria de grado medio o superior con el objeto de llevar a cabo en las explotaciones agrarias integradas en las Agrupaciones de Tratamientos Integrados en Agricultura
(ATRIAS), el control y seguimiento de programas de lucha integrada en agricultura.
Los técnicos agrarios contratados deberán realizar, en las explotaciones agrarias integrantes de las
ATRIAS, prospecciones de plagas y enfermedades, ensayos de productos fitosanitarios relativos a la eficacia, los residuos, la toxicidad en los cultivos y cuantas experiencias encaminadas a la Producción Integrada se estimen convenientes, a criterio técnico de la Dirección General de Agricultura.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los porcentajes de subvención y la cuantía máxima de la misma, sobre el presupuesto aprobado por
esta Consejería, no podrá ser inferior al 30% ni superior al 75%.

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior el importe máximo de subvención a otorgar a la ATRIAS no podrá superar la cantidad resultante de 1.400 euros por explotación integrante ni tampoco ser
superior a 14.000 euros por ATRIAS.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente bases, las Agrupaciones de Tratamientos
Integrados en Agricultura (ATRIAS), que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que tengan personalidad jurídica propia, con capacidad de contratación, o que sean entidades asociativas agrarias que estén constituidas por ATRIAS.
b) Que estén integradas por un número de explotaciones agrarias no inferior a 10, no pudiendo ser integrantes de la misma aquellos miembros que hubiesen pertenecido a otras ATRIAS del mismo cultivo, el año anterior al de la presente convocatoria.
c) Que tengan contratado un técnico agrario con titulación universitaria media o superior, dentro del
período comprendido entre 1 de octubre de 2006 y 30 de noviembre de 2007, con la finalidad de llevar
a cabo el control y seguimiento de programas de lucha integrada en agricultura, en las explotaciones
agrarias que integran las ATRIAS.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma.
e) No haber recibido o solicitado ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración
o Ente público.
f) No haber recibido o solicitado ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas
o particulares para el mismo destino.
g) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre.
h) No hallarse inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad
Autónoma.
i) Que cumplan lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero del número 11 del artículo 52 de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Requisitos:

El plazo de justificación de la subvención se establecerá en la Resolución de concesión, sin que en
ningún caso supere el plazo del 31 de diciembre de 2007.
No obstante, por razones justificadas podrá incrementarse dicho plazo. Cuando dicha ampliación se produzca a petición del beneficiario, deberá solicitarse por éste un mes antes del vencimiento del mismo.

Documentos asociados

Boletín: 30/10/2007
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 218
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/12/2007
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 248
Documento: Modificación Descargar Documento