Subvenciones destinadas al fomento de sistemas de produccion de razas ganaderas autoctonas en regimenes extensivos - Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S40973/08Norma:
Orden 22/2008, de 29 de mayo. Resolucion nº 499/2009, de 7 de abril. Resolucion nº 180/2010, de 1 de marzo de 2010. REAL DECRETO 1724/2007, de 21 de diciembre. Orden 1/2011, de 12 de enero. Resolución nº 215/2011, de 24 de febrero. Orden ARM/1432/2011, de 25 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/04/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja en régimen de concurrencia competiviva las subvenciones del Real Decreto 1724/2007 de 21 de diciembre por el que se establecen las basesreguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía será de 100 euros por UGM de animal reproductor reconocido como perteneciente a raza autóctona de fomento y de 130 euros por UGM de animal reproductor reconocido como perteneciente a raza autóctona de protección especial, no pudiendo ser superior a 6.000 euros por explotación ganadera. No obstante, si además la explotación ganadera está incluida en un sistema de calidad diferenciada agroalimentaria, podrá incrementarse hasta un 20 por ciento las cuantías anteriores.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones ganaderas, ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, registradas conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el registro general de explotaciones ganaderas, cuya actividad se corresponda con las actuaciones subvencionables contempladas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de subvención las explotaciones ganaderas que cuenten con animales reproductores pertenecientes a razas autóctonas y estén orientadas a la consecución de una producción ganadera que:a) Propenda la conservación y mejora del medio ambiente y el entorno natural.
b) Provea a la conservación y mejora de la raza ganadera autóctona explotada.
c) Se realice en adecuadas condiciones de higiene y bienestar animal.
d) Garantice una sanidad animal adecuada y una alimentación del ganado fundamentada en recursos naturales.
Documentos asociados
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16/01/2008
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Documento: REAL DECRETO 1724/2007, de 21 de diciembre Descargar Documento
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15/04/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 47
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BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 27
Documento: Convocatoria 2011 Descargar Documento
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Boletín:
31/05/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 129
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