Subvenciones destinadas al fomento del funcionamiento y actividad de Asociaciones Juveniles, Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud y Partidos Políticos con sección juvenil y Sindicatos con sección juvenil de Cantabria.
Código de ayuda:
S06319/25Norma:
Orden ISO/06/2025, de 13 de marzo.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, la Consejería competente en juventud, con cargo a los créditos de sus presupuestos, en el marco de los siguientes programas:a) Programa I. Subvenciones de gastos corrientes.
b) Programa II. Subvenciones para la realización de actividades juveniles.
c) Programa III. Subvenciones para ejecución de programas e iniciativas juveniles aprobados por el correspondiente órgano de la Unión Europea.
d) Programa IV. Subvenciones para adquisición de medios básicos de funcionamiento.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Juventud
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conserjería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.. (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Asociaciones Juveniles, las Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, los Partidos Políticos con Sección Juvenil, los Sindicatos con Sección Juvenil y otras Asociaciones que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles, siempre y cuando estén inscritas a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Cantabria, regulado por Decreto 19/2002, de 28 de febrero o norma que lo sustituya, dispongan de estructura y financiación que garantice el desarrollo de su actividad, siempre que:- Hayan presentado la memoria anual de actividades recogida en el Decreto 19/2002 correspondiente al año anterior a aquél en que se publique la convocatoria.
- O bien que hayan presentado proyecto de actividades juveniles en la convocatoria de subvenciones para realización de actividades juveniles por Asociaciones Juveniles, las Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, los Partidos Políticos con Sección Juvenil, los Sindicatos con Sección Juvenil del año inmediatamente anterior a cada convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
19/03/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 53
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 53
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento