Subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las entidades catalanas con compromiso con los objetivos de desarrollo sostenible, la igualdad de género y los derechos humanos.

Código de ayuda:

S62773/22

Norma:

RESOLUCIÓN EXT/3324/2022, de 13 de octubre. RESOLUCIÓN EXT/3987/2022, de 15 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de febrero de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas al fortalecimiento de las entidades
catalanas comprometidas con los objetivos de desarrollo sostenible, la igualdad de género y los derechos
humanos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones, al amparo de las correspondientes
convocatorias, las ONGD catalanas que trabajan para contribuir al impulso de los objetivos de desarrollo
sostenible y que cumplan los requisitos establecidos en estas bases.

Requisitos:

a) Ser miembros o hallarse vinculadas jurídicamente a una coordinadora de entidades de segundo nivel, sin ser necesario que tenga la sede social y fiscal en el mismo lugar que esta.

b) Disponer de sede social y fiscal permanente en Cataluña.

c) Estar inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo previsto en la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo, gestionado por la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo (en adelante, ACCD) o en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID). La inscripción en los registros deberá producirse, a más tardar, en la fecha de la publicación de la convocatoria correspondiente en el DOGC. La ACCD comprobará de oficio la inscripción en el Registro de ONGD y en el Registro de la AECID.

d) Estar al corriente de las obligaciones derivadas de subvenciones percibidas de la Generalitat de Catalunya en ejercicios anteriores.

e) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social frente al Estado y la Generalitat de Catalunya.

f) Cumplir con lo previsto en los artículos 33 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística con respecto a los centros laborales, y para las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir con los requisitos previstos en los artículos 32.1 y 32.3 de la citada Ley.

g) En caso de que las personas de la entidad desarrollen actividades que impliquen contacto habitual con
menores, que estas no hayan sido condenadas por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, en los términos establecidos en el punto 4.6 del Acuerdo del Gobierno 85/2016, de 28 de junio, y, en caso de que cambie alguna persona adscrita al proyecto, que la entidad se compromete a realizar la comprobación oportuna al respecto.

Documentos asociados

Boletín: 28/10/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8782
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 22/12/2022
- Nº 8818
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 22/12/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8818
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento