Subvenciones destinadas al mantenimiento y mejora de las instalaciones deportivas municipales en los ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 20.000 habitantes.

Código de ayuda:

S07591/24

Norma:

ORDEN 767/2024, de 23 de abril. Orden 1062/2024, de 19 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de julio de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan para el año 2024, subvenciones para financiar las inversiones en las instalaciones deportivas municipales con la finalidad de mejorar su seguridad, accesibilidad y mantenimiento de la operatividad de las mismas, y que no hayan sido incluidas en el PRISMA.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid que tengan una población de derecho entre 2.500 y 20.000 habitantes, según las cifras de población del Instituto Nacional de Estadística, resultantes de la última revisión del padrón municipal a fecha de publicación de la convocatoria.

Requisitos:

Los solicitantes deberán declarar no estar incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Los beneficiarios deberán hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no deberán tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas. Se considerarán cumplidas las anteriores obligaciones, cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado la suspensión, como consecuencia de impugnación, extremos que deberán acreditarse mediante la presentación de copia de la resolución en la que se concedan los Pág. 185 BOCM-20240430-14 aplazamientos, fraccionamientos o se acuerde la suspensión.

Los beneficiarios deberán hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Los requisitos exigidos a los beneficiarios deberán mantenerse desde la convocatoria de la subvención hasta la finalización de la tramitación del procedimiento de subvención, incluyendo las fases de justificación y reconocimiento de las obligaciones.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 102
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/06/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 145
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín: 19/06/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 145
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento