Subvenciones destinadas al plan para la competitividad del comercio minorista, sujeto al régimen de minimis, en régimen de concesión directa.
Código de ayuda:
S25091/24Norma:
Orden EIE/58/2024, de 8 de agosto. Resolución de 18 de septiembre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 13 de diciembre de 2024, a las 14:00 horas.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a potenciar la actividad comercial en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en régimen de concesión directa.Categorías Subvención
Calidad
Comercio
Creación nuevas empresas
Equipamientos informáticos y Tecnología
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
2.1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas del sector de comercio minorista que tengan la consideración de PYME, es decir, aquellas empresas que se ajusten a la definición establecida en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE L 124, de 20 de mayo de 2003).2.2. El solicitante deberá estar dado de alta en el Censo de Actividades Económicas en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes previsto en esta convocatoria.
2.3. No podrán acogerse a estas ayudas aquellas empresas cuya actividad esté encuadrada en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas CNAE-2009, aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (Boletín Oficial del Estado número 102, de 28 de abril de 2007):
a) Grupo 47.3 Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.
b) Grupo 47.8 Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.
c) Grupo 47.9 Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni mercadillos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables todas las actuaciones contempladas en el artículo 4 de la Orden reguladora:a) Creación y constitución de la empresa.
b) Inversión en activos fijos.
c) Diseño.
d) Innovación en la gestión comercial.
e) Nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones TIC.
f) Promoción de la calidad.
Requisitos:
1. Sólo serán subvencionables los gastos e inversiones realizados en establecimientos y locales comerciales abiertos al público en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.2. Cuando en un establecimiento se realicen simultáneamente la actividad de comercio minorista y otro tipo de actividades complementarias no excluidas en el Reglamento (UE) número 2023/2831, de la Comisión, se podrá subvencionar la totalidad de los gastos e inversiones siempre que el proyecto de inversión subvencionable tenga por objeto principal el desarrollo de la actividad comercial y la actividad económica principal del beneficiario sea la comercial, con los límites que, en su caso, puedan fijarse en la convocatoria. En caso contrario sólo se subvencionarán las inversiones afectas a la actividad de comercio al por menor.
3. La inversión subvencionable no podrá ser financiada mediante contrato de arrendamiento financiero.
4. Serán subvencionables los gastos e inversiones vinculados al proyecto presentado en los términos y condiciones que se determinen en cada convocatoria.
5. Solo serán subvencionables los gastos e inversiones realizados con posterioridad a la presentación de la solicitud, salvo que la convocatoria determine otra cosa.
Documentos asociados
Boletín:
12/08/2024
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 156
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
20/09/2024
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 184
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
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Boletín:
20/09/2024
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 184
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
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