Subvenciones directas a proyectos de creación de nuevas empresas comerciales en Canarias.
Código de ayuda:
S11582/04Norma:
Orden de 12 de abril de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/05/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La mejora de la competitividad y el desarrollo del tejido productivo que persigue, como uno de sus objetivos, el apoyo a las empresas industriales, comerciales y de servicios.Categorías Subvención
Creación nuevas empresas
Equipamientos informáticos y Tecnología
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/5.png)
Convoca:
Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
No será superior a 24.000 euros ni superará el 50% de los gastos incentivables.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Tanto las personas físicas o jurídicas que pretendan la constitución de nuevas pequeñas empresas o microempresas como aquellas personas físicas o jurídicas constituidas como tales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos de inversión presentados por pequeñas empresas y microempresas cuya actividad principal sea comercial y estén o vayan a estar dadas de alta o censadas en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que se elacionan en el anexo II.Gastos incentivables.
a) De constitución y primer establecimiento.
b) En aplicaciones informáticas.
c) En equipamiento informático y de comunicaciones.
d) En acondicionamiento de locales.
e) En bienes de equipo.
f) En adquisición de derechos de marca, nombre comercial y rótulos de establecimientos.
Se entenderá por gastos de constitución y primer establecimiento los siguientes: honorarios de notarios y registradores; costes externos de asesoramiento anterior y posterior a la puesta en funcionamiento de la empresa, diseño de imagen corporativa y diseño de folletos.
Requisitos:
Se entenderá constituida una pequeña empresa o microempresa cuando se produzca su alta en el Impuesto de Actividades Económicas o la Declaración Censal de inicio de actividad que le habilite para el ejercicio de la actividad empresarial, en el períodocomprendido entre el 16 de octubre de 2003 y el 15 de octubre de 2004.
Si la pequeña empresa o microempresa fuese una persona jurídica además deberá producirse en el indicado período el otorgamiento de la escritura pública de constitución y su inscripción en el Registro Mercantil.
Documentos asociados
Boletín:
21/04/2004
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 76
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 76
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