Subvenciones dirigidas a Entidades Locales de Castilla y Leon, para el apoyo a la conciliacion de la vida personal, familiar y laboral incluidas en el Programa de apoyo a las familias de Castilla y Leon y de fomento de la conciliacion de la vida personal, familiar y laboral.- Convocatoria 2011.- Corrección.
Código de ayuda:
S17455/11Norma:
ORDEN FAM/295/2011, de 22 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/04/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Efectuar convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones dirigidas a Entidades Locales de Castilla y León para el apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral durante el año 2011, incluidas en el Programa de apoyo a las familias de Castilla y León y de fomento de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Empleo
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar artículo quinto de la Orden de Convocatoria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Entidades Locales de Castilla y León titulares de Centros Infantiles de 0 a 3 años, inscritos en el Registro de Centros Infantiles para la conciliación de la vida familiar y laboral en Castilla y León, excepto los centros incluidos en el Programa «CRECEMOS».¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones concedidas podrán financiar el mantenimiento de los citados Centros Infantiles, teniendo la consideración de gastos subvencionables los siguientes:a) Gastos de personal, correspondientes a salarios del personal que preste servicios en cada guardería o centro, incluidas las cotizaciones por cuota patronal a la Seguridad Social, así como las cantidades asignadas a otros gastos, que comprenderán los de personal de administración y servicios.
b) Gastos de alimentación de los menores.
c) Gastos generales de mantenimiento.
d) Gastos de consultoría o de elaboración de informes o memorias técnicas para la adaptación del Centro a los requisitos exigidos por el Decreto 12/2008, de 14 de febrero, para la creación de los centros que impartan el primer ciclo de Educación Infantil.
Documentos asociados
Boletín:
29/03/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 61
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 61
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
11/04/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 70
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 70
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