Subvenciones dirigidas a empresas de base tecnológica del Principado de Asturias para el ejercicio 2024 (Programa RIS3-Empresa).

Código de ayuda:

S09882/24

Norma:

Resolución de 13 de mayo de 2024. Resolución de 5 de junio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14:00 horas del 18 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria, tiene por objeto la concesión de subvenciones por la agencia, en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar la puesta en marcha y desarrollo de EBT en el Principado de Asturias, con el fin de que los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico puedan convertirse en una realidad empresarial que aporte valor añadido al tejido empresarial de la región.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Ciencia, Empresas, Formacion y Empleo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima autorizada para financiar la presente convocatoria de ayudas en el ejercicio 2024 será de un millón cuatrocientos mil euros (1.400.000,00 €), con cargo al presupuesto de la agencia, cuantía autorizada por resolución del presidente de la entidad con fecha 22 de abril de 2024.

De esta cantidad se destina un millón doscientos mil euros (1.200.000,00 €) a la fase i y doscientos mil euros (200.000,00 €) a la fase ii.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Empresas de base tecnológica (eBt), considerando como tales aquellas cuya actividad se centra en la explotación de productos que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora, basando su estrategia de negocio o actividad en el desarrollo de tecnología a través del dominio intensivo del conocimiento científico y técnico, que cumplan las condiciones establecidas de la resolución que aprueba la convocatoria y sean pequeñas empresas, quedando excluidos los empresarios individuales/autónomos, las empresas en crisis, las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y en general las entidades sin ánimo de lucro.

Documentos asociados

Boletín: 14/06/2017
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 136
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/05/2024
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 99
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/05/2024
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 99
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento