Subvenciones dirigidas a empresas de base tecnologica en el Principado de Asturias.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S50028/14Norma:
Resolución de 28 de octubre de 2014. Resolución de 30 de octubre de 2014. Resolución de 5 de marzo de 2015.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/05/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de subvenciones por el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar la creación y el desarrollo de Empresas de Base Tecnológica, con el fin de que los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico puedan convertirse en una realidad empresarial que aporte valor añadido al tejido empresarial asturiano, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y sus bases reguladoras.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de la subvención concedida, en cualquiera de las fases del proyecto, será de 120.000 €.Las subvenciones concedidas en el marco de este programa serán de hasta el 80% del presupuesto total subvencionable del proyecto, sin que en ningún caso, las subvenciones obtenidas puedan superar los límites máximos de ayuda establecidos en las presentes bases.
De acuerdo con lo establecido en la Base Reguladora Quinta, apartado 7 de la Resolución de 28 de octubre de 2014 (BOPA N.º 255 de 04-11-2014) de la Consejería de Economía y Empleo, los salarios que se tomen como base para el cálculo del gasto de personal no podrán superar los topes máximos subvencionables por categorías profesionales que se especifican en el cuadro siguiente:
Categoría Coste hora
Técnico Titulado Superior Grupo cotización 1 33,01 €/H
Técnico Titulado Medio Grupo cotización 2 28,58 €/h
Técnico Superior Grupo cotización 3 17,26 €/h
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas de base tecnológica que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los conceptos subvencionables en cada fase son los siguientes:• Fase I. Serán subvencionables los planes de actuación en I+D+i. Los conceptos subvencionables que se podrán incluir son:
— Gastos de constitución de la empresa.
— Costes de personal investigador y de gerencia.
— Gastos de funcionamiento.
— Equipamiento I+D+i.
— Colaboraciones externas para el I+D+i.
— Gastos asociados a la protección y registro de propiedad industrial e intelectual.
— Materiales y suministros necesarios para el desarrollo del Plan de actuación en I+D+i.
• Fase II. Serán subvencionables los proyectos de desarrollo del Plan de promoción y comercialización del producto y/o servicio. Los conceptos subvencionables que se podrán incluir son:
— Costes de personal de gestión, comercial y/o internacional.
— Gastos asociados a la protección y registro de propiedad industrial e intelectual.
— Actividades de difusión/comercialización.
— Colaboraciones externas para el diseño, marca, imagen.
Requisitos:
a) Que tengan un establecimiento en el Principado de Asturias y que no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones.b) Que la participación de los emprendedores o promotores de la empresa supere el 25%.
c) Que tengan al menos 1 trabajador con titulación universitaria a tiempo completo, por cuenta ajena o socio de la empresa que preste sus servicios de forma regular en la misma.
d) Que sean empresas innovadoras.
e) Que todavía no hayan distribuido beneficios ni surjan de una operación de concentración.
f) Para la Fase I: Que tengan una antigüedad inferior a 2 años en el momento en que se registra la solicitud de ayuda, a contar desde la fecha de constitución de la empresa y que dispongan de un Certificado de validación del Plan de Empresa emitido por el CEEI.
g) Para la Fase II: Que tengan una antigüedad inferior a 5 años en el momento en que se registra la solicitud de ayuda, a contar desde la fecha de constitución de la empresa y que hayan disfrutado las ayudas a EBT del IDEPA Fase I, NEOTEC o EIBT del PCTI o bien dispongan de la Marca CEEI EIBT.
Documentos asociados
Boletín:
04/11/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 255
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
06/11/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 257
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
17/03/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 63
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
24/07/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 171
Documento: Ampliación Presupuestaria Descargar Documento
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