Subvenciones dirigidas a empresas para fomentar la modernización de la industria agroalimentaria y de transición justa, incluidas en el Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027.

Código de ayuda:

S20891/24

Norma:

ORDEN AGR/950/2024, de 23 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones no reembolsables al amparo del Programa Transición Justa España 2021-2027 codificado como CCI 2021ES16JTPR001, derivado del Reglamento (UE) 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo de Transición Justa.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Únicamente podrán obtener la condición de beneficiarios las personas jurídicas que tengan la condición de sujeto pasivo del impuesto sobre sociedades, o del impuesto equivalente en otros estados miembros de la Unión Europea, y que se atengan a las siguientes premisas:

a) Que realicen, o pretendan realizar, directamente operaciones de transformación en productos agroalimentarios en establecimientos industriales ubicados en las provincias de León o Palencia y que cumplan los requisitos previstos en estas bases reguladoras.

b) En los supuestos de implantación de nuevos establecimientos industriales o de adquisición de otros preexistentes, la asunción de las actividades antes descritas por parte de los beneficiarios de ayuda deberá materializarse antes de que se produzca la solicitud de liquidación total de la ayuda que, en su caso, sea concedida.

c) Que lleven un sistema de contabilidad sujeto a lo previsto, según corresponda, por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, o por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas.

Documentos asociados

Boletín: 02/10/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 192
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento