Subvenciones dirigidas a entidades privadas sin animo de lucro para financiar el servicio de ajuste personal y social dirigido a personas con discapacidad en los centros especiales de ocupacion.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S26182/13Norma:
Resolucion de fecha 27 de junio de 2013. Orden de 24 de mayo de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 22/07/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
El establecimiento de subvenciones destinadas a financiar los gastos derivados del funcionamiento del servicio de ajuste personal y social dirigido a personas con discapacidad en centros especiales de ocupación.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Familia y Servicios Sociales (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 675.084,96 € (seiscientos setenta y cinco mil ochenta y cuatro euros con noventa y seis céntimos).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas sin ánimo de lucro con la adopción de la forma jurídica de asociación, entidad religiosa o fundación.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Acogida e incorporación:Sesiones de valoración y orientación laboral.
Formación previa a la incorporación.
Admisión y acogida.
Apoyo a la incorporación y adaptación inicial.
- Apoyo individualizado al puesto de trabajo:
Evaluación anual de necesidades individuales de la persona en los ámbitos laboral, personal y social.
Elaboración del plan individual de objetivos y pautas de intervención.
Aplicación de pautas de entrenamiento en hábitos laborales básicos.
Formación en aprendizaje de tareas.
Formación permanente a los profesionales de apoyo (encargados) en consideración a la persona con discapacidad intelectual o
sensorial auditiva.
Respuesta a las demandas y a las necesidades detectadas.
Facilitación de la información y la participación.
- Adaptaciones del lugar a las necesidades individuales:
Adecuación de los contenidos y de la metodología de los programas de formación continua a las personas con discapacidad
intelectual o sensorial auditiva en materias de prevención de riesgos laborales, formación específica en la actividad, calidad, etc.
Adecuación de los procesos de trabajo desde una perspectiva de normalización y autonomía.
Reorganización de los procesos productivos y de servicio de acuerdo con la capacidad de las personas.
Adaptación ergonómica de los puestos de trabajo.
Adecuaciones laborales de las condiciones de trabajo (jornada, horarios, etc.).
Adecuación de lugares más allá de las exigencias legales de prevención de riesgos laborales.
- Desarrollo profesional:
Favorecimiento de la ocupación en entornos ordinarios de trabajo (brigadas, enclaves, puestos de trabajo en contacto con la
comunidad ...).
Coordinación con programas de inserción en la empresa ordinaria.
Establecimiento de objetivos de promoción en la empresa ordinaria cuando la persona lo solicita y está preparada.
Derivación de los centros especiales de trabajo a servicios de ocupación con apoyo en empresas ordinarias.
Garantía de acogida en el centro especial de trabajo en caso de vuelta desde programas de ocupación con apoyo (excedencias).
- Atención personal y social:
Tutorías con usuarios (atención en solicitudes, resolución de conflictos, valoración de otras necesidades, seguimiento de la evolución
del usuario, etc.).
Tutorías con familias (valoración de necesidades de la familia, intercambio de información sobre la persona, orientación sobre
recursos, aspectos legales, ayudas, etc.).
Evaluación y mejora de la satisfacción de usuarios y familias.
Tutorías con el personal de apoyo (detección de necesidades, dificultades en la aplicación de pautas, etc.).
Reuniones de coordinación con otros servicios que utiliza la persona (vivienda, ocio ...), servicios sociales municipales, servicios de
salud ...
Sesiones de orientación, de derivación y/o de acompañamiento a otros recursos adecuados a las necesidades detectadas.
Detección de signos de deterioro físico o psicológico que dificulten mantener el lugar y/o el ajuste personales y sociales.
Apoyo a necesidades sociales (gestiones, necesidad de ayudas económicas, otros servicios sociales ...).
Requisitos:
a) Estar constituida como entidad privada sin ánimo de lucro con la adopción de la forma jurídica de asociación, entidad religiosa ofundación. Se excluyen de esta convocatoria las entidades privadas siguientes:
- Entidades que de acuerdo con sus estatutos, adopten la denominación de federación, confederación o coordinadora, o en todo caso, se trate de una unión de asociaciones (artículo 3 f de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación).
- Fundaciones que, de acuerdo con la escritura de constitución, tengan como fundadoras personas jurídicas de naturaleza pública.
b) Estar legalmente constituidas e inscritas como entidad prestamista de servicios sociales en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares, regulado 10/2013, de 28 de febrero, por el cual se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular. En la inscripción registral se tiene que hacer constar como mínimo uno de los sectores de población atendidos siguientes: las personas con discapacidad intelectual o sensorial. Este requisito lo tiene que comprobar de oficio la Consejería de Familia y Servicios Sociales.
c) El servicio para el que se solicita la subvención tiene que estar debidamente autorizado e inscrito en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares.
d) Tener por objeto principal en sus estatutos la realización de actividades, servicios y programas dirigidos a personas con discapacidad.
e) Disponer de sede o delegación permanente y activa en las Islas Baleares.
f) Formar parte como miembro de alguna de las federaciones de discapacidades de ámbito suprainsular de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
g) Debido a la especialidad de este servicio, las entidades solicitantes tienen que estar inscritas en el Registro de Centros Especiales de Ocupación, que depende de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral de la Consejería de Economía y Competitividad, o mantener un convenio de colaboración o un instrumento jurídico análogo que acredite que esta entidad puede actuar en un centro especial de ocupación
h) No incurrir en ninguna de las prohibiciones que establecen el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones y el artículo 27 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, de la mujer, para ser beneficiarias de subvenciones.
i) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como autonómicas, y con la Seguridad Social.
j) Haber justificado suficientemente, si corresponde, las subvenciones o las ayudas recibidas anteriormente del Gobierno de las Islas
Baleares.
Documentos asociados
Boletín:
29/05/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 76
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 76
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
06/07/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 95
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 95
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento