Subvenciones dirigidas a fomentar la contratacion indefinida de trabajadores con discapacidad, adaptación de sus puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal y al tránsito del empleo protegido de los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S06600/08Norma:
ORDEN EYE/2078/2007, de 19 de diciembre. ORDEN EYE/770/2008, de 15 de abril. ORDEN EYE/771/2008, de 15 de abril. ORDEN EYE/504/2009, de 5 de marzo. ORDEN EYE/2391/2009, de 23 de diciembre. ORDEN EYE/1702/2010, de 10 de diciembre. ORDEN EYE/1775/2010, de 22 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/09/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2011 subvenciones dirigidas a fomentar la contratación indefinida y la transformación en indefinidos de contratos temporales de trabajadores con discapacidad, adaptación de sus puestos detrabajo o dotación de medios de protección personal y al tránsito del empleo protegido de los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.– La celebración de contratos de duración indefinida o la transformación en indefinidos de contratos temporales en los términos señalados en la presente Orden, se subvencionará con una ayuda de 3.907 euros por contrato celebrado a jornada completa.Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la cantidad anterior se reducirá en la proporción que resulte de aplicar sobre la jornada aplicable en la empresa o sector, el número de horas de trabajo correspondientes a la jornada del contrato establecido por convenio.
2.– La adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal de trabajadores con discapacidad, se subvencionará por una cuantía máxima de 901,52 euros, con el límite, en todo caso, de la inversión realizada.
3.– El Fomento del tránsito del empleo protegido en los enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario se subvencionará con 7.814 € por cada contratación indefinida de personas con discapacidad que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos establecios en la presente Orden:a) Las entidades sin ánimo de lucro y las empresas que contraten indefinidamente a trabajadores con discapacidad o transformen sus contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad en indefinidos.
b) Las «empresas colaboradoras», que incorporen a trabajadores procedentes de las enclaves laborales.
c) Las Cooperativas de Trabajo Asociado que incorporen a trabajadores con discapacidad como socios.
En todos los casos, los centros de trabajo deberán estar ubicados en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
2.– Asimismo, podrán ser beneficiarios de las subvenciones del Programa II, las empresas que celebren contratos temporales de fomento del empleo para minusválidos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Programa I.– Fomento de la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos de trabajadores con discapacidad.- Programa II.– Fomento de la adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal de trabajadores con discapacidad.
- Programa III.– Fomento del tránsito del empleo protegido de los enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario.
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