Subvenciones dirigidas a fomentar la contratación temporal y la ampliación de la jornada en el sector de ayuda a domicilio.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S16837/16

Norma:

ORDEN EMP/386/2016, de 4 de mayo. Resolución de 18 de mayo de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2016. Consultar según programa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la contratación temporal y la ampliación de la jornada en el sector de ayuda a domicilio en la Comunidad de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Contratos en prácticas formalizados a jornada completa: 1.500 € (importe que podrá ser incrementado si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las Bases Reguladoras de estas subvenciones).

b) Contratos temporales con cláusula específica de interinidad formalizados a jornada completa: 1.000 € (importe que podrá ser incrementado si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las Bases Reguladoras de estas subvenciones).

c) Contratos temporales para la sustitución de horas extraordinarias y por reordenación del tiempo de trabajo, formalizados a jornada completa: 1.500 € (importe que podrá ser incrementado si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las Bases Reguladoras de estas subvenciones).

d) Contratos temporales con cláusula específica de relevo: 1.500 € (importe que podrá ser incrementado si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las Bases Reguladoras de estas subvenciones).

e) Contratos temporales formalizados a jornada completa con personas beneficiarias de la Renta Garantizada de Ciudadanía: 6.000 € (importe que se incrementará con 500 € más, si la persona contratada es una mujer).

f) Ampliación de la jornada en el sector de ayuda a domicilio: 50 € por cada hora a la semana en que se incremente la jornada del trabajador (75 €, si la prestación de servicios tiene lugar en municipios de menos de 20.000 habitantes), siendo el importe máximo de la subvención a conceder de 1.500 € por trabajador.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, no pertenecientes al sector público, que formalicen las contrataciones descritas en las Bases Reguladoras, en centros de trabajo de Castilla y León, con personas que cumplan los requisitos para poder ser destinatarias de dichas contrataciones. Asimismo, para el supuesto de ampliación de jornada en el sector de ayuda a domicilio, podrán ser beneficiarios, además de los citados en el párrafo anterior, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que presten este servicio en Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los contratos en prácticas del Programa I una vez transcurrido un periodo mínimo de 6 meses desde la fecha de inicio de los mismos, cuando dicho periodo mínimo se complete entre el 1 de noviembre de 2015 y el 15 de octubre de 2016.

b) Los contratos temporales con cláusula específica de interinidad del Programa II que completen el periodo subvencionable de 90 días entre el 1 de noviembre de 2015 y el 15 de octubre de 2016, siempre que dichos contratos no hayan sido objeto de subvención en ninguna otra convocatoria de ejercicios anteriores.

c) Las contrataciones temporales efectuadas al amparo del Programa III – contrato temporal para la sustitución de horas extraordinarias y por reordenación del tiempo de trabajo - y del Programa IV – contrato temporal con cláusula específica de relevo - que completen el periodo mínimo subvencionable de 6 meses entre el 1 de noviembre de 2015 y el 15 de octubre de 2016.

d) Los contratos temporales de personas beneficiarias de la Renta Garantizada de Ciudadanía del Programa V, una vez transcurrido un periodo mínimo de 12 meses desde la fecha de inicio de los mismos, cuando dicho periodo mínimo se complete entre el 1 de noviembre de 2015 y el 15 de octubre de 2016.

e) Las ampliaciones de jornada del Programa V que se inicien entre el 1 de noviembre de 2015 y el 15 de octubre de 2016, y el mantenimiento de las ampliaciones de jornada subvencionadas en el año anterior, como consecuencia del acuerdo entre la empresa y los representantes legales de los trabajadores formalizado entre el 1 de noviembre de 2015 y el 15 de octubre de 2016.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 90
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/05/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº
Documento: Convocatoria 2016 (Completo) Descargar Documento
Boletín: 27/05/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 101
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento