Subvenciones dirigidas a fomentar la creacion y consolidacion de empresas calificadas como I+E, de empresas de economia social y de empresas de insercion, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, y se establece la convocatoria para el año 2008.

Código de ayuda:

S53491/08

Norma:

Resolucion de 15 de julio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Primer plazo: del 29/07/2008 al 15/08/2008. Segundo plazo: del 16/08/2008 al 15/09/2008.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones dirigidas a fomentar la creación y consolidación de empresas calificadas como I+E, de empresas de economía social y de empresas de inserción, poniendo especial énfasis en la creación y consolidación de empresas que ejerzan su actividad económica en el ámbito de los denominados
nuevos yacimientos de empleo.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria y Comercio (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. En el caso de las subvenciones reguladas en la base 2ª.a), para financiar los gastos de la puesta en
marcha, el importe de la subvención será como máximo de 9.000 euros por entidad solicitante.

2. Para las subvenciones reguladas en la base 2ª.b), destinadas a apoyar inversiones que resulten
necesarias para la creación y consolidación de las entidades mencionadas en dicha base, la cuantía de la subvención será del 50 por ciento del coste de adquisición de los activos, excluidos impuestos, sin que en ningún caso la subvención pueda superar la cantidad de 10.000 euros.

3. En el caso de las subvenciones reguladas en la base 2ª.c), para incorporación de socios trabajadores
o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales, la cuantía de esta subvención será de 5.500 euros
por cada socio trabajador incorporado a jornada completa y de 7.000 euros si es mujer.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas calificadas como I+E, cooperativas con socios trabajadores o de trabajo, las sociedades laborales y empresas de inserción.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos para la puesta en marcha de las empresas calificadas como I+E, de cooperativas con socios
trabajadores o de trabajo, de sociedades laborales y de empresas de inserción.

En el marco de las subvenciones que se regulan, se considerarán gastos para la puesta en marcha de la entidad aquellos necesarios para poder poner en funcionamiento un negocio, que incluirán los siguientes:

- Gastos de constitución: honorarios de letrados, notario y registradores correspondientes a la constitución
de la empresa, así como los de asesoramiento anterior a la constitución de la empresa.

- Gastos de licencia de apertura del local: elaboración del proyecto y tasas.

- Gastos corrientes que se señalan a continuación, generados como máximo durante los nueve primeros
meses de funcionamiento de la empresa y que no comportan la adquisición de bienes inventariables:

• Gastos de alquiler del local, excluidos los pagos de fianzas.
• Gastos en publicidad (por ejemplo: edición de folletos publicitarios, cuñas en medios de comunicación,
promoción de la entidad en eventos, etc.).
• Gastos en servicios prestados por colaboradores externos (asesoría fiscal, laboral, contable o jurídica).

b) Inversiones en activo fijo que resulten necesarias para la creación y consolidación de cooperativas
con socios trabajadores o de trabajo, sociedades laborales, empresas calificadas como I+E y empresas
de inserción.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 150
Documento: Convocatoria 2008 y Bases Reguladoras Descargar Documento