Subvenciones dirigidas a jovenes castellano y leoneses, para la realizacion de montajes y producciones audiovisuales en el ambito de la Comunidad de Castilla y Leon, para el año 2008.
Código de ayuda:
S08873/08Norma:
ORDEN FAM/173/2008, de 5 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/04/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a jóvenes castellano y leoneses, para la realización de montajes y producciones audiovisuales en soporte vídeo, con la finalidad de facilitar su profesionalización e inserción laboral en el ámbito de las artes cinematográficas.Categorías Subvención
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Juventud
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención podrá alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables con un máximo de 12.000 euros por beneficiario, determinándose el porcentaje exacto correspondiente a cada beneficiarioen función de la valoración obtenida según los criterios de valoración y ponderación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Tendrán la consideración de beneficiarios los jóvenes castellanos y leoneses en quienes no concurriendo ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuenten con edades comprendidas entre 18 años, a fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes, y 35 años a fecha 31 de diciembre del año 2008.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Será objeto de la subvención la realización de montajes y producciones audiovisuales en soporte vídeo.Las actividades objeto de subvención serán las realizadas desde 1 de enero del 2008 hasta el 6 de octubre del 2008.
No serán objeto de subvención los montajes o producciones audiovisuales de naturaleza académica previstas en los planes de estudios de las enseñanzas formales ni los documentales.
Se admitirán como máximo dos proyectos de montaje y producción de obra o espectáculo en el campo de las Artes Cinematográficas.
Se considerarán gastos subvencionables:
a) Asistencia a cursos, simposios, jornadas, talleres, etc…
b) Transporte, manutención y alojamiento.
c) Adquisición y/o alquiler de material y equipamiento.
d) Cualquier otro gasto que tenga una relación directa y necesaria con el desarrollo del proyecto.
En todo caso los gastos subvencionables relativos a desplazamiento, alojamiento y manutención se calcularán atendiendo a las siguientes cantidades:
a) Los gastos de transporte por carretera de los que no se puedan aportar factura u otra documentación justificativa, hasta un máximo de 0,19 €/Km.
b) Gastos de alojamiento hasta un máximo de 60 €/día.
c) Gastos de manutención, hasta un máximo de 36 €/día.
No serán objeto de subvención los gastos suntuarios.
Documentos asociados
Boletín:
08/02/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 27
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 27
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento