Subvenciones dirigidas a la Insercion Sociolaboral en Empresas de Insercion, en el marco del Plan Canarias Emplea, incluidas en la Programacion 2010, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Código de ayuda:

S43646/10

Norma:

Resolución de 29 de junio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la inclusión sociolaboral de trabajadores en riesgo de exclusión del mercado de trabajo, promoviendo la creación y mantenimiento de plazas de inserción en empresas de inserción, así como la posterior inclusión laboral definitiva del trabajador en el mercado de trabajo ordinario.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos. (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Subvenciones para la creación y mantenimiento de las plazas de inserción:

a) Subvención para creación o mantenimiento de las plazas:
- Por cada plaza de inserción creada las empresas de inserción podrán acceder a una subvención de importe máximo de 8.400 euros.
- Por cada plaza de inserción mantenida las empresas de inserción podrán acceder a una subvención de importe máximo de 5.040 euros.

b) Subvención para contratación de técnico de producción y técnico de inserción, el importe máximo de la subvención para cada contratación variará según el número de plazas de inserción existentes en la entidad en el momento de solicitar la subvención:
- Si cuenta con menos de 5 plazas el importe será de 3.000 euros anuales por plaza de inserción.
- En caso de que tenga 5 plazas o más, 2.500 euros por plaza.

c) Subvención para contratación de gerentes, cuyo importe máximo variará según el número de plazas de inserción existentes en la entidad en el momento de solicitar la subvención:
- Si cuenta con menos de 5 plazas el importe será de 4.000 euros anuales por plaza de inserción.
- En caso de que tenga 5 plazas o más, 3.500 euros por plaza.
En cualquier caso el importe máximo de la subvención a conceder para la contratación de gerente será de 24.000 euros por anualidad.
En cualquier caso el cálculo del máximo por plaza de inserción se reducirá proporcionalmente en el caso de que existan plazas de inserción a tiempo parcial.

2. Subvenciones para la inserción definitiva del trabajador que ocupe una plaza de inserción en el mercado de trabajo ordinario:

a) Subvenciones para inserción autoempleo: la subvención será de 15.000 euros por cada socio trabajador que se incorpore a una entidad de economía social o por cada trabajador autónomo que se constituya como tal.

b) Subvenciones para inserción como asalariado: la cuantía de la subvención será de 10.000 euros por persona contratada a jornada completa, reduciéndose proporcionalmente si el contrato de trabajo es a tiempo parcial.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Empresas de inserción que cumplan los requisitos.

- Empresas de cualquier naturaleza jurídica, que no sean empresas de inserción y que no estén vinculadas con ninguna empresa de inserción ni con sus administradores o apoderados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La creación y mantenimiento de las plazas de inserción.
a) Subvención directa a la creación o el mantenimiento de las plazas de inserción.
b) Apoyar la contratación de equipos de gestión y acompañamiento a los trabajadores que ocupan las plazas de inserción.

2. La inserción definitiva del trabajador que ocupe una plaza de inserción en el mercado de trabajo ordinario.
a) Subvenciones para la incorporación del trabajador al autoempleo.
b) Subvenciones para la incorporación del trabajador al empleo asalariado.

Requisitos:

a) Estar inscritas como tales en el Registro de Empresas de Inserción dependiente del Servicio Canario de Empleo.

b) Que no hayan amortizado ninguna plaza de inserción cuyo mantenimiento haya sido objeto de subvención por parte del Servicio Canario de Empleo, sin conseguir que la persona que la ocupaba pase a ocupar otra plaza normalizada en dicha empresa o se inserte en el mercado de trabajo ordinario, salvo que
los Servicios Sociales Públicos municipales emitan informe favorable de inserción sociolaboral del trabajador.

c) Que tengan contratados, como mínimo, a dos trabajadores en proceso de inserción en el momento de presentación de la solicitud.

d) La plaza de inserción en el momento de la solicitud, deberá estar cubierta.

e) En el caso de las “subvenciones para contratación t.inserción” y de “subvenciones para contratación t.producción”, los servicios de asistencia técnica a la producción e inserción, deberán ser prestados por empresas o personas físicas especializadas que reúnan garantías de solvencia profesional.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 133
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento