Subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Código de ayuda:
S50791/22Norma:
ORDEN de 8 de agosto de 2022. Orden de 21 de agosto de 2022. Orden de 10 de agosto de 2023.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de noviembre de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta orden es la convocatoria, para el año 2023, de las subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo a través de las siguientes líneas:— Línea 1: Gastos para la mejora de las condiciones de trabajo relacionadas con la Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada.
— Línea 2: Gastos en sensibilización y formación preventiva.
— Línea 3: Gastos en materia de seguridad vial laboral.
— Línea 4: Gastos para la mejora de la organización y gestión preventiva.
— Línea 6: Gastos para la promoción de la salud en el trabajo.
Categorías Subvención
Prevención Riesgos Laborales
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/13.png)
Convoca:
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se establecen los siguientes importes máximos:— El máximo total a conceder será de 20.000 euros por línea.
— El importe máximo a conceder, sumados los importes concedidos en todas las líneas en las que se solicite ayuda, será de 30.000 euros por empresa y convocatoria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Madrid y realicen las inversiones o actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.Documentos asociados
Boletín:
12/08/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 191
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 191
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín:
29/08/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 205
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 205
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
29/08/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 205
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 205
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín:
06/09/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 212
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 212
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín:
06/09/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 212
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 212
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento