Subvenciones dirigidas a la reordenación del empleo en el sector de la Ayuda a Domicilio de Castilla y León.
Código de ayuda:
S09182/06Norma:
RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2006.Plazo de Solicitud:
2 meses desde la formalización de la ampliación de jornada. En todo caso, el plazo máximo será hasta el 30 de junio de 2006.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las subvenciones para el año 2006, contenidas en el III Plan Regional de Empleo, dirigidas a la reordenación del empleo en el sector de la ayuda a domicilio en Castilla y León.La presente Resolución tiene por finalidad convocar las subvenciones para el año 2006 contenidas en el Plan Regional de Empleo de Castilla y León dirigidas a las empresas que prestan el servicio de ayuda a domicilio en la Comunidad de Castilla y León y que acuerden un incremento de la jornada de sus trabajadores, al menos hasta el 50% de la jornada pactada en el Convenio Colectivo Regional de Castilla y León para la actividad de ayuda a domicilio.
Las subvenciones convocadas por la presente Resolución se someterán al régimen de mínimis, conforme a lo previsto en el Reglamento (CE) n.º 69/2001, de la Comisión, relativo a la aplicación en los artículos 87 y
88 del Tratado de la CE, a las ayudas de mínimis.
Categorías Subvención
- Recursos Humanos
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención será equivalente a 125 € ó, en el supuesto de que el trabajador preste su servicio exclusivamente en zonas rurales, 188 €, multiplicado por el número de horas-semana en que se incremente la jornada del trabajador.A estos efectos se entenderá que los servicios se prestan en zonas rurales cuando se desarrollen en municipios de menos de 20.000 habitantes.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas privadas, incluidas las comunidades de bienes, que presten servicio de ayuda a domicilio en la Comunidad de Castilla y León siempre que, con posterioridad a la producción de efectos de esta Resolución y mediante acuerdos adoptados con las organizaciones sindicales más representativas en la Comunidad Autónoma de Castilla y León o con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se comprometan a ampliar la jornada de trabajo de todos o alguno de sus trabajadores en los términos previstos en esta convocatoria.No podrán acceder a estas subvenciones aquellos solicitantes que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social o incurran en alguna de las otras prohibiciones recogidas en los puntos 2 y
3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
A estos efectos se deberán cumplimentar las declaraciones incluidas en el reverso de la solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
30/03/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 63
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 63
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento