Subvenciones dirigidas a los entes locales para la realización de inversiones para la recuperación, rehabilitación, adecuación y ejecución de captaciones de aguas subterráneas para el abastecimiento, y se delegan en la Dirección las facultades para la aprobación de las convocatorias correspondientes y para resolver el otorgamiento de las subvenciones.

Código de ayuda:

S37700/23

Norma:

RESOLUCIÓN ACC/3498/2023, de 17 de octubre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases de una línea de subvenciones dirigidas a los entes locales para la realización de inversiones para la recuperación, rehabilitación, adecuación y ejecución de captaciones de aguas subterráneas para el abastecimiento que constan como anexo.


Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones los entes locales o agrupaciones de entes locales de Cataluña titulares del servicio de abastecimiento de agua o que presten el servicio de abastecimiento de agua o que ejecuten la actuación a la que se dirige la inversión objeto de subvención por delegación o encargo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La recuperación de captaciones de aguas subterráneas que formen parte del servicio municipal de abastecimiento y que estén fuera de servicio en el momento de la solicitud. A efectos de estas bases, la recuperación de captaciones de aguas subterráneas puede incluir actuaciones de rehabilitación del pozo, su conexión a la red o los procesos de tratamiento del recurso a recuperar que sean necesarios para su aprovechamiento y la instalación de sistemas de medición del nivel piezométrico de captaciones y el telecontrol asociado o analizadores en continuo de nitratos.

b) El aumento del rendimiento de pozos que formen el servicio municipal de abastecimiento que estén en servicio en el momento de la solicitud mediante su rehabilitación.

c) La ejecución de nuevas captaciones de aguas subterráneas, excepto en aquellos casos de municipios conectados a red supramunicipal, en que estas nuevas captaciones supongan un aumento del caudal de extracción en las masas de agua indicadas en el anexo 1.

d) La adecuación de captaciones de aguas subterráneas existentes para su incorporación a la red de abastecimiento local.


Requisitos:

a) No estar en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición que establecen los artículos 90 bis y 92 bis del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.

c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Administración general del Estado y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

d) Cumplir el código ético anexo al Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de junio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva tramitados por la Administración de la Generalitat y su sector público, y se aprueba su texto íntegro.

e) Cumplir la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Documentos asociados

Boletín: 19/10/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9023
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento