Subvenciones dirigidas a promover la comercialización y garantizar el abastecimiento en el medio rural de la Comunidad de Castilla y León.

Código de ayuda:

S09746/20

Norma:

ORDEN EEI/241/2020, de 20 de febrero.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes subvenciones tienen por objeto la financiación de proyectos que vinculados a establecimientos comerciales y con la finalidad de promover la comercialización y favorecer el aprovisionamiento en el medio rural, se dirijan a garantizar el abastecimiento de productos de carácter cotidiano, de acuerdo con los requisitos establecidos en las presentes bases y en las correspondientes convocatorias.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo e Industria (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos establecidos en las presentes bases, las personas físicas y jurídicas, las Comunidades de Bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las actuaciones subvencionadas dentro del período subvencionable establecido en las convocatorias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán subvencionarse, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, los proyectos que cumplan los siguientes requisitos:

a) Su finalidad debe ser garantizar el abastecimiento de productos de carácter cotidiano, entendiendo por tal la venta de alimentación, droguería y perfumería, en uno o en varios de los municipios que se establezcan en las convocatorias.

b) Se requerirá la realización de un diagnóstico sobre el proyecto para el cual se solicita la subvención que deberá incluir los siguientes aspectos: análisis de las necesidades de abastecimiento de productos de carácter cotidiano detectadas, con indicación de, al menos, los municipios afectados, su población y su oferta comercial, la definición de objetivos y actuaciones a realizar para cubrir las necesidades detectadas y en qué medida el proyecto puede contribuir a cubrir dichas necesidades.

Este diagnóstico se podrá realizar con medios propios o ajenos.

c) En el presupuesto de gastos de la memoria que se presente junto con la solicitud de subvención se relacionarán los proveedores de cada uno de los conceptos incluidos en el mismo.

d) El proyecto ha de ejecutarse en o estar vinculado a establecimientos comerciales minoristas ubicados en alguno de los municipios que se establezcan en las convocatorias, en los que se ejerza alguna de las actividades relacionadas en la letra c), del punto 1 de la base segunda.

Requisitos:

a) Tener la condición de PYME de conformidad con los requisitos establecidos para ello por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

b) Desarrollar su actividad comercial de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto.

c) Desarrollar en el establecimiento comercial para el cual se solicita la subvención una actividad comercial y minorista conforme a las siguientes clases de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):

I. 4711.– Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco.

II. 4719.– Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados, únicamente si se comercializan productos de carácter cotidiano conforme a lo señalado en la base primera.

III. 4721.– Comercio al por menor de frutas y hortalizas en establecimientos especializados.

IV. 4722.– Comercio al por menor de carne y productos cárnicos en establecimientos especializados.

V. 4723.– Comercio al por menor de pescados y mariscos en establecimientos especializados.

VI. 4724.– Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados.

VII. 4725.– Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados.

VIII. 4729.– Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados.

IX. 4775.– Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos en establecimientos especializados.

d) Teniendo en cuenta su obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración, al menos para los procedimientos derivados de las convocatorias efectuadas al amparo de las presentes bases, la persona que designen a efectos de notificaciones deberá, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención, estar dada de alta en el buzón electrónico del ciudadano, para lo cual debe acogerse a dicho servicio disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) en la ventanilla del ciudadano, y estar suscrita a este procedimiento.

Documentos asociados

Boletín: 05/03/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 45
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento