Subvenciones dirigidas asociaciones de inmigrantes, casas regionales, y otras asociaciones sin ánimo de lucro, radicadas en la isla de Formentera para el año 2019.
Código de ayuda:
S33355/19Plazo de Solicitud:
Hasta el 24 de junio de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de esta convocatoria establecer y regular las bases que tienen que regir las subvenciones para el año 2019 en materia de inmigración dirigidas a asociaciones de inmigrantes, casas regionales, o a cualquier otra asociación sin ánimo de lucro, radicadas en Formentera, que lleven a cabo actividades relacionadas con la inmigración o que se dirijan a este colectivo con el fin de promover el desarrollo de programas y actuaciones que favorezcan la acogida e integración de personas inmigradas.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo Insular de Ibiza-Formentera (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones sin ánimo de lucro que reúnan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán objeto de subvención las actividades, actuaciones y programas que se hayan llevado, o se lleven a cabo, entre el 16 de octubre de 2018 y el 15 de octubre de 2019, dirigidas a favorecer la acogida y la integración de las personas inmigradas en Formentera.Requisitos:
- Tener sede o delegación, permanente y activa, en la isla de Formentera.- Estar legalmente constituidas y registradas en el registro de asociaciones de la Comunidad Autónoma correspondiente, así como en el registro de entidades ciudadanas del Consejo Insular de Formentera.
- Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de la actividad para la cual se solicita la subvención.
- No haber recibido ninguna otra subvención del Consejo Insular de Formentera, ni tener firmado ningún convenio con esta Corporación, durante el año 2018, por los mismos conceptos o para el desarrollo del mismo proyecto.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con el Consejo Insular de Formentera.
- Acreditar ante el Consejo Insular de Formentera que no se incurre en ninguna de las circunstancias que establece el artículo. 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares, y efectuar una declaración con este objeto.
- Haber justificado suficientemente, si procede, las subvenciones o las ayudas recibidas anteriormente del Consejo Insular de Formentera.
- Llevar a cabo actividades relacionadas con la inmigración e integración o que se dirijan a este colectivo. Este requisito se entiende acreditado, cuando esta característica figura en los estatutos de la entidad como finalidad o actividad institucional, o cuando estas actividades se hayan desarrollado dentro de los dos años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
23/05/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 69
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
13/06/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento
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