Subvenciones en el Programa de orientacion, formacion e insercion profesional dirigido a inmigrantes.- Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S16155/11

Norma:

RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2011. Orden EYE/1078/2009, de 14 de mayo. ORDEN EYE/1254/2010, de 26 de agosto. ORDEN EYE/484/2011, de 7 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de abril de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación, formación e inserción profesional dirigidas a inmigrantes para el año 2011, en ejecución del convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Comunidad de Castilla y León para el desarrollo de actuaciones conjuntas dirigidas a promover la acogida, la integración y el refuerzo educativo de personas inmigrantes.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La entidad calculará la cuantía de la subvención solicitada por cada fase del itinerario que ejecute:

En las fases de orientación e inserción profesional el importe básico por atender a 12 usuarios, que será el número mínimo de participantes, será un máximo de 7.500 €. Por cada usuario que se adicione, hasta un máximo de 30, el importe complementario será de 415 €.

En la fase de formación el importe máximo para gastos será de 10 € por hora y usuario que se programe formar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades que no tengan ánimo de lucro, siempre que estén ubicadas en Castilla y León y ejecuten los proyectos en este territorio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones de orientación, formación e inserción profesional dirigidas a inmigrantes para el año 2011.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarios del presente programa aquellas personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos deberán cumplimentar la declaración responsable conforme al reverso del modelo normalizado de la solicitud recogido en esta Resolución.

Documentos asociados

Boletín: 22/05/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 95
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/09/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 179
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 24/03/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 58
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 27/04/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 80
Documento: Modificación Descargar Documento