Subvenciones en el ámbito de la cooperación al desarrollo.

Código de ayuda:

S25937/21

Norma:

RESOLUCIÓN EXI/1563/2021, de 19 de mayo. RESOLUCIÓN XGO/1995/2022, de 26 de junio. RESOLUCIÓN XGO/2142/2022, de 1 de julio. RESOLUCIÓN XGO/2299/2022, de 14 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de septiembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular los aspectos generales de las subvenciones destinadas a las entidades que trabajan en el ámbito de la cooperación al desarrollo con el fin de contribuir a la financiación de los gastos derivados de las diferentes actuaciones que se determinen mediante las bases específicas que, para cada convocatoria, se dicten. A los efectos de estas bases, se utiliza exclusivamente el término proyectos independientemente de la duración de la actuación o de otras características técnicas que distinguen los programas, las actuaciones, etc.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Acción Exterior y Union Europea (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación máxima de las subvenciones será la que se determine en la convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades beneficiarias de las subvenciones se determinarán en las bases específicas de cada convocatoria y deberán aportar la documentación y firmar las declaraciones responsables que se determinen en las bases específicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1. Apoyo a programas concertados de desarrollo.

Línea 2. Apoyo a programas concertados de educación para el desarrollo.

Requisitos:

Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las entidades solicitantes deben cumplir los requisitos y las condiciones generales que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; los establecidos en el apartado 4 del anexo del Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, de modificación del Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva tramitados por la Administración de la Generalidad y su sector público, y se aprueba su texto íntegro, y que constan incorporados en el impreso de solicitud, así como los que se prevean en las bases específicas correspondientes.

La acreditación de los requisitos se hará mediante declaraciones responsables que se incorporarán al formulario normalizado, o bien de oficio en los casos en que la Administración disponga de los medios de comprobación.

En ningún caso pueden ser beneficiarias de subvención las entidades de carácter público ni las de
naturaleza privada que estén participadas mayoritariamente por organismos o instituciones de carácter público, salvo entes locales, universidades públicas y centros de investigación adscritos.

Documentos asociados

Boletín: 26/05/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8418
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/06/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8698
Documento: Bases Específicas 2022 Descargar Documento
Boletín: 07/07/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8704
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Boletín: 21/07/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8714
Documento: Convocatoria 2022 II Descargar Documento