Subvenciones en el ambito de la cultura popular y el patrimonio etnologico.
Código de ayuda:
S02782/15Norma:
RESOLUCIÓN CLT/2989/2014, de 28 de noviembrePlazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases específicas que deben regir la concesión de subvenciones en el ámbito de la cultura popular y el patrimonio etnológico.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
- Corporaciones Locales
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Cultura (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según tipo de actividad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Las corporaciones locales o entes que dependen de estas, las fundaciones y las asociaciones, con domicilio social en Cataluña, así como las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, con domicilio en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo.2. Las federaciones con domicilio social en Cataluña.
3. Las corporaciones locales o entes que dependen de las mismas, las fundaciones y las asociaciones, con domicilio social en Cataluña, así como las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, con domicilio en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo.
4. Las fundaciones y las asociaciones con domicilio social en Cataluña.
5. Las corporaciones locales o entes que dependen de las mismas, las fundaciones y las asociaciones, con domicilio social en Cataluña.
6. Las corporaciones locales o entes que dependen de ellas, las fundaciones y las asociaciones, con domicilio social en Cataluña, así como las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, con domicilio en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, que hagan actividades o que tengan fondos documentales relacionados con la cultura popular y tradicional catalana.
7. Las corporaciones locales o los entes que dependen de las mismas, las fundaciones y las asociaciones con domicilio social en Cataluña, que hayan hecho o tengan previsto hacer alguna de las actividades culturales previstas en estas bases.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Producción de espectáculos y de exposiciones relacionados con la cultura popular y tradicional catalana.2. A federaciones que programen actividades culturales relacionadas con el asociacionismo y la cultura popular y tradicional catalana.
3. Edición de trabajos relacionados con la cultura popular y tradicional catalana.
4. Desplazamientos fuera de Cataluña para hacer actividades y proyectos relacionados con la cultura popular y tradicional catalana.
5. Organización de festivales y encuentros nacionales de cultura popular y tradicional.
6. Actividades en materia de formación y de documentación relacionadas con la cultura popular y tradicional catalana.
7. Actividades culturales relacionadas con la cultura popular y tradicional y el asociacionismo organizadas por corporaciones locales y por entidades privadas sin finalidad de lucro.
8. Actividades que fomenten la investigación, la conservación y la difusión del patrimonio etnológico de Cataluña.
Documentos asociados
Boletín:
20/01/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6792
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6792
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento