Subvenciones en el ámbito del comercio, de los servicios, la artesanía y la moda.
Código de ayuda:
S28355/23Norma:
Resolución de 19 de junio de 2023. Resolución de 19 de mayo de 2023.Plazo de Solicitud:
Desde las 9:00 horas del día 22 de junio de 2023 y termina a las 14:00 horas del día 19 de julio de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se hace pública la convocatoria para la concesión de las subvenciones en el ámbito del comercio, de losservicios, la artesanía y la moda, con el fin de fortalecer el modelo catalán de comercio y promover la
competitividad y la innovación del tejido comercial y fomentar la competitividad de los sectores de la artesanía y la moda de nuestro país, de los siguientes programas:
1. Programa de soporte a las entidades representativas del sector del comercio.
2. Programa de soporte a la red asociativa de comercio, artesanía y moda.
3. Programa de soporte para los establecimientos emblemáticos y singulares.
4. Programa de soporte para la apertura de comercios, de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos y de apoyo a los puestos de los mercados de venta sedentaria y no sedentaria.
5. Programa de apoyo a los municipios en el ámbito del comercio.
6. Programa de apoyo para la creación y definición de las Áreas de Promoción Económicas Urbanas (APEUS).
7. Programa para el crecimiento y competitividad de la empresa artesana.
8. Programa de apoyo a los municipios en el ámbito de la artesanía.
9. Programa para la transformación digital de la industria de la moda.
10. Programa para la mejora del grado de sostenibilidad y circularidad de las marcas de moda catalanas.
Categorías Subvención
- Artesanía
- Creación nuevas empresas
- Exportación / Internacionalización
- Textil - Confección
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones es de 8.210.000,00 euros, distribuido entre las siguientes anualidades: un importe máximo de 2.463.000,00 euros con cargo al presupuestocorrespondiente al año 2023 y con cargo en las partidas presupuestarias D/470.0001/641, D/482.0001/641,
D/460.0001/641 y D/770000100/641 y un importe máximo de 5.747.000,00 euros con cargo al presupuesto
correspondiente 2024 partidas presupuestarias D/470.0001/641, D/482.0001/641, D/460.0001/641 y
D/770000100/64. De los que se destinan un importe máximo de 3.350.000,00 euros para el Programa de
soporte para la apertura de comercios, de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos y de apoyo a los puestos de los mercados de venta sedentaria y no sedentaria distribuido entre las siguientes anualidades: un importe máximo de 1.005.000,00 euros con cargo al presupuesto correspondiente al año 2023 y con cargo a la partida D/770000100/641 y un importe máximo de 2.345.000,00 euros con cargo en el presupuesto correspondiente al año 2024 y con cargo a la partida D/770000100/641.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas profesionales autónomas que estén dadas de alta en el régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA) , las empresas individuales, asociadas o agrupadas (cooperativas decomercio, servicios, artesanía y moda y centrales de compra), dadas de alta en el censo del impuesto de
actividades económicas, y las administraciones locales y sus organismos públicos que estén adscritos o
vinculados.
Las entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales sin ánimo de lucro y las asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.
A efectos de esta convocatoria se entienden como empresas de servicios aquellas que prestan las actividades empresariales que se relacionan a continuación:
Talleres mecánicos.
Servicios fotográficos.
Copisterías y artes gráficas.
Servicios de reparaciones.
Tintorería y lavanderías.
Peluquería y salones de estética y belleza.
Bares, cafeterías y restaurantes.
Servicios de comida preparada y catering.
Agencias de viajes minoristas.
Documentos asociados
Boletín:
19/05/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8919
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8919
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
19/06/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8939
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8939
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
19/06/2023
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Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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