Subvenciones en el area de influencia socioeconomica del Parque Nacional de Monfrague.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S40146/08Norma:
DECRETO 104/2008, de 23 de mayo. ORDEN de 12 de diciembre de 2008. DECRETO 103/2009, de 8 de mayo. ORDEN de 19 de abril de 2010. ORDEN de 10 de junio de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/07/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Realizar la periódica convocatoria pública para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la realización de actividades y proyectos en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto 104/2008, de 23 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe (DOE n.º 103, de 29 de mayo), en la redacción dada por el Decreto 103/2009, de 8 de mayo (DOE n.º 91, de 14 de mayo).Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Entidades locales:1. Los ayuntamientos de los municipios situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.
2. Las entidades locales menores legalmente constituidas pertenecientes a dichos ayuntamientos.
3. Las entidades de carácter supramunicipal de las que formen parte uno o varios de dichos ayuntamientos y hayan sido creadas por las comunidades autónomas en el ejercicio de sus competencias en materia de régimen local.
b) Entidades empresariales:
1. Las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, cuya sede social esté radicada en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe y cuya actividad principal se desarrolle en ella.
2. Los empresarios autónomos en los siguientes supuestos:
— Cuando su residencia y actividad se localicen en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.
— Cuando residan en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe y pretendan implantar su actividad en ella.
— Cuando no residan en dicha área de influencia socioeconómica pero vengan realizando en el interior del Parque Nacional de Monfragüe actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho parque.
c) Personas físicas: las personas físicas residentes en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.
d) Instituciones sin fines de lucro:
1. Las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y cuya sede social o la de alguna de sus secciones o delegaciones radique en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe, siempre y cuando entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones en materia de conservación o uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura tradicional.
2. Las asociaciones de municipios incluidos en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe, constituidas para la promoción de actividades de desarrollo sostenible.
e) Otros:
1. Las entidades de derecho público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables y cuya actividad esté relacionada con su aprovechamiento ordenado en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.
2. Las agrupaciones de propietarios de terrenos en el interior del Parque Nacional de Monfragüe que se hubieran constituido para la explotación racional en común de los recursos renovables propios de dichos terrenos, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho parque.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Serán subvencionables las iniciativas que se realicen desde el 1 de enero de 2010 hasta la fecha indicada en la resolución de la subvención.2. Podrán ser objeto de subvención las siguientes iniciativas:
a) Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de los servicios prestados por la Administración Local, cuando guarden una relación directa con las finalidades y objetivos que establecen las normas de declaración del Parque Nacional de Monfragüe o sus instrumentos de planificación. Para ello en la documentación aportada por el solicitante debe hacerse mención expresa a las finalidades y objetivos con los que guarda relación directa la actividad solicitada.
b) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto valor ecológico.
c) Iniciativas públicas o privadas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional de Monfragüe, incluido el impacto visual sobre la percepción estética del Parque Nacional ocasionado por infraestructuras preexistentes.
d) Iniciativas públicas o privadas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos del Parque Nacional de Monfragüe.
e) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, así como aquéllas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor histórico-artístico o cultural a escala local.
f) Iniciativas privadas destinadas a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con el citado Parque Nacional, en particular las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la comercialización de productos artesanales.
g) Iniciativas privadas destinadas al mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que constituyen la primera residencia de sus propietarios o que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario.
3. También podrán ser subvencionables las actividades no consistentes en inversiones referidas a:
a) Iniciativas públicas o privadas orientadas a la divulgación de los valores e importancia del Parque Nacional de Monfragüe entre amplios sectores de la sociedad local.
b) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la formación de la población local en tareas relacionadas con la gestión del Parque Nacional de Monfragüe en cualquiera de sus facetas, con la conservación de los valores naturales y culturales que justificaron su declaración o con el uso sostenible de los recursos naturales renovables.
c) Con carácter general, cualquier iniciativa pública o privada expresamente contemplada en la Agenda 21 de cualquiera de los municipios que conforman sus áreas de influencia socioeconómica.
Documentos asociados
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