Subvenciones en el área de protección internacional y para la atención socio sanitaria en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes de Ceuta y Melilla.- Convocatoria 2020.

Código de ayuda:

S21055/18

Norma:

Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio. Resolución de 25 de abril de 2018. Resolución de 1 de abril de 2019. Resolución de 26 de diciembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de febrero de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas subvenciones será la realización de proyectos que favorezcan la acogida e integración de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida y de las personas acogidas al régimen de protección temporal en España. Asimismo, se desarrollarán proyectos de atención sociosanitaria dirigidos a los residentes en los CETI de Ceuta y Melilla.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Empleo y Seguridad Social ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proyectos financiados exclusivamente por Presupuestos Generales del Estado:

Prioridad I. Proyectos dirigidos a la creación y mantenimiento de dispositivos de acogida y el desarrollo de itinerarios de integración para personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, solicitantes y beneficiarias del estatuto de apátrida, personas acogidas al régimen de protección temporal en España.

Proyectos cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI):

. Prioridad II. Proyectos que faciliten la atención sociasanitaria en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla.

. Prioridad III. Proyectos dirigidos a la sensibilización, formación de profesionales y acogida de grupo específicos. Tipos de proyectos:

1. Proyectos dirigidos a favorecer el conocimiento sobre las personas solicitantes de asilo y beneficiarias de protección internacional, así como a la sensibilización de la sociedad de acogida.

2. Proyectos de formación y perfeccionamiento de profesionales y personas voluntarias que desarrollen su actividad en el marco de las prioridades I, III.3 y V de esta convocatoria, así como otros agentes implicados.

3. Proyectos dirigidos a la creación o mantenimiento de recursos específicos para la atención integral de grupos vulnerables.

. Prioridad IV. Proyectos de equipamiento y adaptación de inmuebles. El objeto de estos proyectos es el apoyo a la adquisición de recursos materiales adecuados para el funcionamiento o la adaptación de los dispositivos de acogida de las entidades, de las oficinas necesarias para la gestión de los mencionados dispositivos y de las oficinas donde se prestan las actuaciones dirigidas a las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional previstas en el Sistema de acogida e integración.

Proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Programa Operativo de Inclusión Social y de la Economía Social):

. Prioridad V. Proyectos de empleo. El objeto de esta prioridad es desarrollar itinerarios integrados de inserción laboral individualizados destinados a personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida y de protección temporal, así como impulsar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, evitar la producción en el ámbito laboral de conductas xenófobas y fomentar la diversidad en el ámbito empresarial.

Requisitos:

1) Entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos:

a. Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los siguientes colectivos: inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.

b. Carecer de fines de lucro.

c. Tener ámbito de actuación estatal, según título constitutivo, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.

d. Deberán estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.

e. Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.

f. No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias como resultado de un procedimiento de reintegro.

2) Organismos Internacionales que tengan sede permanente en el Estado español y cumplan los requisitos a), b), e) y f) del punto anterior.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 156
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/05/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 107
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 03/05/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 107
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 12/04/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 88
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/04/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 88
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/01/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 12
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 14/01/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 12
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento