Subvenciones en el ejercicio 2020 para la organización de festivales en las diferentes áreas culturales.

Código de ayuda:

S40946/20

Norma:

ORDEN de 21 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 35.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es la convocatoria y regulación de las condiciones de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2020 a la organización de festivales en las diferentes áreas culturales, particularmente en música, teatro, danza, bertsolarismo, libro, audiovisual y artes visuales, que presenten un elevado grado de especialización o singularidad y sean de especial interés para el panorama cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los proyectos que se subvencionen recibirán como máximo 35.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar subvenciones con arreglo a esta Orden cuantas personas físicas, comunidades de bienes y personas jurídicas de titularidad privada, realicen las actividades a las que se alude en el artículo 1. Las personas o entidades que actúen en nombre de otras deberán declararlo así y justificar tal representación. En el caso de las comunidades de bienes, todos y cada uno de sus componentes deberán cumplir las condiciones exigibles a las personas físicas para ser beneficiarias de estas ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 31/07/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 150
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento