Subvenciones, en el ejercicio 2021, a la promoción y distribución de las artes escénicas, música y literatura.
Código de ayuda:
S19200/21Norma:
ORDEN de 21 de abril de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 4 de junio de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Orden regular las condiciones de concesión de subvenciones a la promoción, comercialización, internacionalización y distribución de las artes escénicas, música y literatura de carácter profesional que se realicen entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de agosto de 2022 y que cumplan con las condiciones establecidas en el capítulo correspondiente.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Ayudas a las Artes Escénicas:1.– La cuantía de las ayudas asciende a 330.000 euros.
2.– El importe máximo concedido a cada proyecto seleccionado no podrá exceder de los 15.000 euros ni del 75 % del presupuesto del proyecto aprobado.
Ayudas a la música:
1.– La cuantía de las ayudas asciende a 150.000 euros.
2.– El importe concedido a cada proyecto seleccionado no podrá exceder del 75 % del presupuesto del plan de promoción aprobado y la cantidad máxima a conceder será la siguiente:
a) Proyectos unitarios (artículo 23.1.a): 5.000 euros.
b) Proyectos empresariales (artículo 23.1.b): 15.000 euros.
Ayudas a la Literatura:
1.– La cuantía de las ayudas asciende a 30.000 euros.
2.– El importe máximo concedido a cada solicitante no podrá superar los 5.000 euros en el caso de las editoriales y los 3.000 euros en el caso de las y los creadores, ni, en ningún caso, el 75 % del presupuesto del plan aprobado.
3.– Para el cálculo de los gastos subvencionables se establecen los siguientes límites:
a) Gastos máximos para alojamiento y dietas, por persona y día en España: 70 euros para alojamiento y 40 euros para dietas.
b) Gastos máximos para alojamiento y dietas, por persona y día fuera de España: 120 euros para alojamiento y 60 euros para dietas.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas quienes además de cumplir con los requisitos establecidos en este artículo, cumplan con los que se determinen para cada modalidad de ayuda.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Modalidades de ayudas a la música.b) Modalidad de ayudas a la literatura.
c) Modalidades de ayudas a la artes.
Documentos asociados
Boletín:
04/05/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento