Subvenciones en el ejercicio 2021 para la realización de proyectos y actividades que tengan como objetivo el desarrollo de públicos culturales en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Código de ayuda:
S04628/21Norma:
ORDEN de 24 de febrero de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de abril de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Constituye el objeto de la presente Orden la convocatoria y regulación de las condiciones de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2021 para la realización de proyectos y actividades singulares y específicas que tengan como objetivo el desarrollo de públicos culturales.El desarrollo de públicos culturales contempla nuevos modos de relación con los públicos, tanto entre la creación y los públicos como en la práctica activa. Conlleva tanto la diversificación y ampliación de públicos como la mejora de la participación cultural.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
a) Personas físicas.b) Entidades privadas. Con participación pública inferior al 50 % en su capital. Si la entidad cuenta con una participación pública igual o superior al 50 % en su capital podrá ser objeto de subvención siempre que sean proyectos y actividades organizadas en colaboración con entidades privadas carentes de participación pública en su capital.
c) Entidades de carácter público, siempre que se sean proyectos y actividades organizadas en colaboración con entidades privadas carentes de participación pública en su capital.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos y actividades subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Tratarse de proyectos y actividades singulares y específicas dirigidas a eliminar las barreras que impiden o limitan el acceso cultural, a plantear nuevos modos de relación con los públicos culturales, a poner en relieve la importancia de la interacción entre la creación y los públicos culturales y/o de la práctica activa de los públicos culturales.
b) Tipología de proyectos y actividades subvencionables:
1) Diversificación de públicos: proyectos y/o actividades dirigidas a públicos desinteresados, a no públicos y que requieren intervenciones dirigidas a superar las barreras educativas, psicológicas y/o del entorno social.
2) Ampliación de públicos: proyectos y/o actividades dirigidas a públicos interesados en la cultura pero que no participan en actividades culturales y que requieren de intervenciones para atraer y facilitar el acceso a las actividades culturales.
3) Profundizar en la participación: proyectos y/o actividades dirigidas a la fidelización de los públicos culturales ya existentes para que incremente tanto su nivel de participación como su nivel de implicación.
c) Los proyectos o actividades se desarrollarán en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022. Los proyectos deberán iniciarse en el 2021.
d) Los proyectos y actividades subvencionables deberán ser abiertos a la ciudadanía.
e) Contar con un porcentaje mínimo de autofinanciación del 20 % del presupuesto total aceptado. A los efectos de la presente convocatoria, se entenderá como autofinanciación la fracción de los ingresos no procedente de fuentes públicas y como presupuesto total aceptado el presupuesto depurado, en su caso, en base al artículo 9.
f) Utilizar el euskera como lengua vehicular de las actividades como mínimo en un 50 %.
Documentos asociados
Boletín:
09/03/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 49
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 49
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento