Subvenciones, en el ejercicio 2025, a proyectos de innovación cultural y social (Bitartez).

Código de ayuda:

S25855/24

Norma:

ORDEN de 13 de noviembre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de enero de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 35.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden convocar subvenciones dirigidas a aquellos proyectos de innovación cultural y social comprometidos con la investigación, la innovación y las expresiones contemporáneas del ámbito cultural, que se valgan de la mediación para su objetivo.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global destinado a estas subvenciones es de 200.000 euros, de los cuales 100.000 corresponden al presupuesto 2025 y 100.000 al de 2026.

El importe máximo que se conceda a cada proyecto seleccionado no podrá ser superior a 35.000 euros, ni, en ningún caso, al 70 % del presupuesto de gastos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Solo podrán acceder a las subvenciones de la presente convocatoria aquellas personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica propia que realicen proyectos conforme a lo establecido en el artículo 1, que en el momento de publicación de la presente Orden se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y que, independientemente de su forma jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal:

– Gastos de personal de gestión, dirección o coordinación.

– Gastos de personal artístico, técnico y de administración.

b) Contratación de terceros (servicios subcontratados).

c) Gastos de alojamientos y desplazamientos (de trabajadores y responsables de la entidad).

d) Gastos en materiales para la actividad.

e) Gastos de comunicación.

f) Consumos de luz, agua, teléfono, gas, internet.

Requisitos:

1.– Los proyectos deberán favorecer:

– La promoción de la co-creación y/o la hibridación entre diferentes sectores, áreas y agentes, y del talento, para así desarrollar al máximo el potencial creativo de nuestro entorno.

– La generación de nuevas vías de relación y mediación con las que dirigirse a participantes y públicos diversos, propiciando experiencias más significativas, diferenciales y cualitativas.

– El desarrollo de iniciativas que desde las prácticas culturales planteen estrategias de innovación cultural y social.

2.– Los proyectos deberán estar encuadrados en alguno o varios sectores culturales (artes visuales, cine y audiovisuales, artes escénicas, literatura, música, o bertsolarismo).

3.– Los proyectos deberán haberse iniciado una vez agotado el plazo de presentación de solicitudes y haberse ejecutado hasta el 31 de diciembre de 2025.

4.– El presupuesto deberá prever un porcentaje mínimo de autofinanciación del 20 %, entendido como tal aquella fracción de los ingresos no procedente de fuentes públicas, es decir, ayudas privadas, mecenazgo, ingresos derivados de la propia actividad y las aportaciones de la propia entidad o persona solicitante.

Documentos asociados

Boletín: 27/11/2024
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 231
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento