Subvenciones en el marco del Programa Retorno del Talento.

Código de ayuda:

S45519/22

Norma:

Decreto 52/2020, de 1 de septiembre. Decreto 62/2022, de 12 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de diciembre de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones en el marco del programa “Retorno del talento”, para la contratación indefinida, el inicio de la actividad emprendedora o la ayuda asociada a la vuelta, de las personas que retornen a Castilla-La Mancha desde el extranjero.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea 1: La cuantía de la subvención por la formalización de los contratos laborales a jornada completa, subvencionables al amparo de la presente línea, será de 10.000 euros. La cuantía de la subvención se verá incrementada en los supuestos recogidos en el art 14 del Decreto.

Línea 2: La cuantía de la subvención por el inicio de la actividad emprendedora, con las condiciones establecidas en el presente decreto, será de hasta 6.000 euros. La cuantía de la subvención se verá incrementada en los supuestos recogidos en el art 20 del Decreto.

Línea 3: La cuantía máxima de la ayuda asociada al título “Pasaporte de vuelta” será de 3.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Para la línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida: Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica que, aun careciendo de personalidad jurídica propia o diferenciada de la de sus integrantes, pueda realizar el proyecto o actuación subvencionable.

Para la línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta línea de subvención las personas, que inicien una actividad económica como trabajadoras autónomas o por cuenta propia y que cumplan los requisitos establecidos en el art 17.1 del Decreto.

Para la línea 3: Ayuda asociada al Pasaporte de Vuelta: personas que hayan residido en España, de forma ininterrumpida, por un período mínimo de doce meses, dentro de los últimos quince años anteriores a la publicación de la resolución con los créditos presupuestarios y que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad, que residan o trabajen en el extranjero en el momento de la solicitud del título y reúnan alguno de los requisitos establecidos en el art 23.1 del Decreto.

Documentos asociados

Boletín: 08/09/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 181
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/07/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 135
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento