Subvenciones en el marco del subsistema de formacion profesional para el empleo, en materia de formacion de oferta, para la realizacion de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco, a impartir por las organizaciones empresariales, sindicales y de la economia social mas representativas en el ambito de la CAPV, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administracion de Lanbide.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S39182/12Norma:
RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2012. Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/11/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
La aprobación y regulación para el año 2012 de subvenciones para la financiación de acciones de formación de oferta, impartidas en modalidadpresencial, dirigidas prioritariamente a personas desempleadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
- Empleo
- Formación
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de subvención a conceder por cada acción formativa se determina mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe de los siguientes módulos, en función del nivel de la formación:Nivel de Formación
Básico: 9 euros.
Superior: 13 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones empresariales, sindicales y de la economía social más representativas en el ámbito de la CAPV, que impartan formación profesional para el empleo por sí mismas o a través de los centros y entidades dependientes de las mismas, siempre que se encuentren debidamente acreditados en el Registro Estatal de Centros y Entidades de Formación para el Empleo en el ámbito territorial de la CAPV a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el BOPV o acrediten mediante Declaración Responsable el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Real Decreto regulador de cada uno de los Certificados de Profesionalidad a los que concurran.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La ejecución de acciones formativas:El módulo de «nivel básico» se aplica cuando se imparte formación en materias transversales o genéricas, que capacita para desarrollar competencias y cualificaciones básicas.
El módulo de «nivel superior» se aplica cuando la formación incorpora materias que implican especialización y/o capacita para desarrollar competencias de programación y/o dirección.
Requisitos:
No podrán concurrir a las subvenciones y ayudas reguladas en esta convocatoria, las organizaciones empresariales, sindicales y de la economía social, que hayan sido sancionados penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o que estén incursas en prohibición legal que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombre.Documentos asociados
Boletín:
18/03/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 67
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Boletín:
23/10/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 206
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 206
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento