Subvenciones, en el plan de energias renovables dirigidas a entidades locales, Area Geotermia - Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S67455/09Norma:
Resolucion nº 331/2009 de 23 de octubre. Orden 36/2009, de 29 de septiembre. Resolucion nº 138 de 18 de marzo de 2010. Resolución nº 162, de 17 de junio de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/07/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia, en el área Geotermia de acuerdo con la Orden 36/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el Plan de Energías Renovables dirigidas a Entidades Locales de La Rioja.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención consistirá:a) El 30% del coste de referencia.
b) Se tomará como coste de referencia, en relación con los objetivos energéticos, las siguientes inversiones máximas por unidad de potencia térmica de origen geotérmico:
- 500 euros/kW para instalaciones en circuito abierto.
- 1.100 euros/kW para instalaciones en circuito cerrado con intercambio enterrado horizontal.
- 1.400 euros/kW para instalaciones en circuito cerrado con intercambio vertical con sondeos.
- 1.500 euros/kW para instalaciones de redes de distrito geotérmicas.
c) En el caso de instalaciones híbridas (geotermia + biomasa térmica, geotermia + fotovoltaica, etc.) que empleen calderas automáticas para uso doméstico o en instalaciones municipales, la intensidad de la ayuda de la parte de geotermia llegará al 50% de los costes elegibles.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Entidades Locales de La Rioja, que realicen las actuaciones subvencionables en la Comunidad Autónoma de La Rioja.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Serán susceptibles de obtener subvención las actuaciones contempladas, en el marco del Convenio suscrito por la Comunidad Autónoma de La Rioja y el I.D.A.E en el ejercicio correspondiente para la definición y puesta en práctica del Plan de Energías Renovables. Todas las actuaciones subvencionables se realizarán en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en el plazo que se fije la resolución de convocatoria.2. Entre las medidas contempladas en el Convenio de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de La Rioja y el I.D.A.E. será objeto de subvención la medida de fomento de uso de la Geotermia en la que se subvencionarán los siguientes conceptos:
Inversiones en instalaciones de aprovechamiento de la energía térmica calor y/o frío existente en el subsuelo para su uso en el sector doméstico, industrial o de servicios. Las aplicaciones de las instalaciones objeto de subvención podrán ser entre otras: Climatización de edificios (calor y/o frío), producción de agua caliente sanitaria, climatización de piscinas
y generación térmica para procesos industriales. Para ello aprovecharán la energía existente en el subsuelo mediante sistemas electromecánicos y termodinámicos:
a) Aprovechamiento de energía térmica para redes de distrito.
b) Aprovechamiento de la energía térmica para climatización utilizando bombas de calor que intercambien con el terreno, ya sean de circuito abierto o cerrado, tanto para instalaciones existentes que se reformen, como para
instalaciones nuevas.
Las inversiones podrán ser en edificios nuevos o existentes y en el caso de redes de distrito, se consideran elegibles ampliaciones a nuevos usuarios, aunque permanezca inalterada la potencia de generación térmica.
Los principales elementos de que consta este tipo de instalaciones son los siguientes:
a) Ingeniería y dirección de obra.
b) Perforación de sondeos (producción y reinyección).
c) Obra civil: en la que se incluyen excavaciones, cimentaciones, zanjas, urbanización, edificios, etc. (en caso de ser necesarias).
d) Sistemas de captación del recurso geotérmico: sondeos, intercambiadores, acumuladores, tuberías, etc.
e) Sistemas de aprovechamiento mediante medios electromecánicos (bombeo e intercambio térmico directo).
f) Bomba de calor que permite el intercambio geotérmico.
g) Sistema de distribución: Bien en el propio edificio o distribuido en los sistemas de distrito del tendido de tuberías así como el sistema de regulación, control y medida de consumos energéticos.
h) Sistemas eléctricos de control y monitorización.
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