Subvenciones en especie para la rehabilitación de edificios en el casco histórico de Toledo.
Código de ayuda:
S43482/21Norma:
Resolución de 28 de julio de 2021. Resolución de 2 de agosto de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de septiembre de 2021.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 100.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Conceder subvenciones en especie y en régimen de concurrencia competitiva para los elementos comunes yelementos especiales y de interés arquitectónico de edificios individuales y colectivos, que abarcarán los siguientes conceptos a llevar a cabo por el Consorcio de la Ciudad de Toledo:
Redacción de los proyectos de obras y estudios de Seguridad y Salud.
Dirección facultativa de las obras.
Coordinación de Seguridad y Salud en fase de obra, incluyendo cualquier tipo de estudio o informe sectorial y todos los trabajos técnicos de toma de datos, gestión de residuos, control de calidad de la edificación...etc, de acuerdo con la ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, necesarios para su ejecución.
Trabajos arqueológicos.
Trabajos de restauración.
Ejecución de las obras.
Informes de Evaluación de Edificios
Categorías Subvención
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Ministerio de Hacienda (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total máxima para la presente convocatoria será de seiscientos mil euros (600.000 €).La cuantía mencionada se distribuirá de la siguiente manera:
2021: 100.000 €.
2022: 500.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Comunidades de bienes / propietarios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Los propietarios, personas físicas, de inmuebles completos, ocupados por sí mismos o terceras personas.b) Los propietarios, personas jurídicas, de inmuebles completos ocupados por sí mismos o terceras personas
c) Las agrupaciones de personas físicas, las comunidades de propietarios y las comunidades de bienes que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo la actuación subvencionable.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones reguladas en las presentes bases se destinarán a la realización de las actuaciones subvencionables determinadas en el artículo 2 de las presentes bases en relación a los elementos comunes de edificios individuales o colectivos y los elementos especiales y de interés arquitectónico de los mismos.En relación a la ejecución de obras se estará a lo previsto, en el apartado 1 del artículo 1.7 del capítulo 2.º, del título I, de las Ordenanzas del PECHT, referidas a:
a) Conservación.
b) Consolidación.
c) Restauración.
d) Acondicionamiento.
e) Reestructuración.
Requisitos:
Para la obtención de la condición de beneficiario el mismo deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la LGS, no pudiendo estar incurso en prohibición para recibir subvenciones públicas y debiendo estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, la administración local y la Seguridad Social.Documentos asociados
Boletín:
31/07/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 182
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 182
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín:
21/08/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 200
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 200
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
21/08/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 200
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 200
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento