Subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2018.

Código de ayuda:

S50546/18

Norma:

Orden 99/2018, de 19 de junio. Resolución de 27/09/2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de octubre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Resolución tiene por objeto convocar, en el año 2018, las ayudas para la concesión de subvenciones públicas en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha, en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto en la Orden 99/2018, de 19 de junio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de las subvenciones serán las siguientes:

a) Para empresas se podrá alcanzar el 70% del gasto subvencionable aprobado.

b) Para personas físicas, instituciones sin ánimo de lucro y otros beneficiarios se podrá alcanzar el 85% del gasto subvencionable a probado.

2. La cuantía máxima de las subvenciones por solicitud:

a) Para Entidades empresariales: 30.000 euros

b) Para Personas físicas, Instituciones sin fines de lucro y agrupaciones de propietarios reconocidas al amparo del artículo 2.1.4.b: 20.000 euros

c) Para otras Entidades de Derecho Público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables: 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

1. Entidades empresariales (iniciativas privadas):

a) Las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, cuya sede social esté radicada en el área de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales ubicados en Castilla-La Mancha y cuya actividad principal se desarrolle en ella.

b) Los empresarios autónomos en los siguientes supuestos:

- Cuando su residencia y actividad se localicen en el área de influencia socioeconómica de un Parque Nacional ubicados en Castilla-La Mancha.

- Cuando residan en el área de influencia socioeconómica de un Parque Nacional y pretendan implantar su actividad en ella.

- Cuando no residan en dicha área de influencia socioeconómica pero vengan realizando en el interior de uno de los Parques Nacionales ubicados en Castilla-La Mancha actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho parque.

2. Personas físicas (iniciativas privadas)

Las personas físicas residentes, en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Castilla-La Mancha.

3. Instituciones sin fines de lucro (iniciativas privadas)

a) Las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y cuya sede social o la de alguna de sus secciones o de legaciones radique en el área de influencia socioeconómica de un Parque Nacional, siempre y cuando entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones en materia de conservación o uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura tradicional.

b) Las asociaciones de municipios incluidos en el área de influencia socioeconómica de uno o varios Parques Nacionales, constituidas para la promoción de actividades de desarrollo sostenible.

4. Otros beneficiarios:

a) Las entidades de derecho público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables y cuya actividad esté relacionada con su aprovechamiento ordenado en el área de influencia socioeconómica de alguno de los Parques Nacionales ubicados en Castilla-La Mancha.

b) Las agrupaciones de propietarios de terrenos en el interior de un Parque Nacional que se hubieran constituido para la explotación racional en común de los recursos renovables propios de dichos terrenos, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho parque.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán consideradas actuaciones subvencionables las inversiones ejecutadas en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha referidas a:

a) Iniciativas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto interés ecológico, consistentes en la conservación de hábitats prioritarios y de especies catalogadas, de acuerdo con los planes de gestión que les afecten, si los hubiera.

b) Iniciativas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación de los Parques Nacionales, incluido el impacto visual sobre la percepción estética de los Parques Nacionales ocasionado por infraestructuras preexistentes.

c) Iniciativas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos de los Parques Nacionales.

d) Iniciativas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, así como aquéllas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor histórico-artístico o cultural a escala local.

e) Iniciativas destinadas exclusivamente a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con los Parques Nacionales, en particular las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la comercialización de productos artesanales. No será subvencionable el funcionamiento de las actividades una vez puestas en marcha.

f) Iniciativas destinadas al mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que constituyen la primera residencia de sus propietarios o que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario para solicitantes cuya renta per cápita de la unidad familiar no sea superior a 1,5 veces el salario mínimo interprofesional.

g) Iniciativas destinadas a la dotación, en la primera residencia de sus propietarios, de las condiciones exigidas para la concesión de la licencia de primera ocupación a viviendas con una antigüedad acreditada de más de 50 años.

Documentos asociados

Boletín: 26/06/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 124
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 04/10/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 195
Documento: Convocatoria 2018 (Completo) Descargar Documento