Subvenciones en materia cultural.- Convocatoria 2012.- Modificación
Código de ayuda:
S03619/12Norma:
RESOLUCIÓN CLT/92/2012, de 31 de enero. RESOLUCIÓN CLT/375/2012, de 1 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/377/2012, de 1 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/677/2012, de 3 de abril. RESOLUCIÓN CLT/871/2012, de 4 de mayo.Plazo de Solicitud:
Consultar según tipo de actuación subvencionable.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia cultural para el año 2012.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Cooperación empresarial
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Cultura (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención otorgada no puede superar el 50% del coste del proyecto, excepto en caso de que las bases específicas determinen otras condiciones.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.Asimismo, pueden ser solicitantes, si se prevé en las bases específicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado a pesar de no tener personalidad jurídica.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Ámbito de las artes escénicas, la música, las artes visuales y el pensamiento:a) Programaciones estables de actividades culturales de carácter profesional.
b) Proyectos artísticos que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música, las artes visuales y el pensamiento.
c) Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ámbito de la música.
d) Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción, exhibición y difusión en el ámbito de la danza.
e) Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción, exhibición y difusión en el ámbito del circo.
f) Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción, exhibición y difusión en el ámbito del teatro.
g) Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, exhibición y difusión en el ámbito de las artes visuales.
2. Ámbito de la lengua, la literatura y la edición:
a) Iniciativas de entidades sin ánimo de lucro dirigidas a promover el uso de la lengua catalana en Cataluña.
b) Iniciativas de empresas dirigidas a promover el uso de la lengua catalana.
c) Actividades literarias. Se convocan subvenciones en las modalidades siguientes:
Creación de obras literarias en lengua catalana.
Traducción al catalán de obras literarias de especial relevancia en otras lenguas.
Investigación sobre movimientos, obras y autores o autoras y crítica literaria de literatura catalana.
Creación o renovación de páginas web y otros recursos en línea sobre literatura catalana.
Actividades de promoción y difusión de la literatura en catalán.
d) Edición de obras literarias de especial interés cultural en catalán y occitano.
3. Ámbito del patrimonio cultural:
a) Diseño e implantación de un sistema de gestión documental en archivos de entidades locales y universidades públicas.
b) Elaboración de instrumentos de descripción de fondos documentales que formen parte del patrimonio documental de Cataluña y que estén custodiados en archivos.
c) Becas para la realización de prácticas relacionadas con los diversos procesos de la conservación-restauración de los bienes culturales muebles. Se concederán un máximo de nueve becas, de 1.000 euros mensuales, para la realización de prácticas en las especialidades siguientes:
Dos becas para la restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de pintura sobre tela.
Una beca para la restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de pintura y escultura sobre madera.
Una beca para restauración de pintura mural.
Una beca para la restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de escultura en piedra.
Dos becas para la restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de materiales arqueológicos.
Dos becas para técnicas fotográficas aplicadas a la restauración de bienes culturales muebles.
d) Funcionamiento y actividades de los museos de Cataluña.
e) Becas para colaborar en varios programas del Museo de la Ciencia y de la Técnica de Cataluña. Se concederán, para cada una de las especialidades establecidas en las bases específicas, una beca de 850 euros mensuales.
f) Intervenciones arqueológicas y paleontológicas preventivas. Las intervenciones han de haber estado previamente autorizadas por el director general del Patrimonio Cultural con posterioridad al 15 de febrero de 2010 y han de haber estado realizadas desde la fecha de la autorización hasta el 31 de diciembre de 2011.
4. Ámbito de la cultura popular y el patrimonio etnológico:
a) Producción de espectáculos y exposiciones relacionados con la cultura popular y tradicional catalana.
b) Actividades culturales relacionadas con la cultura popular y tradicional y el asociacionismo organizadas por entidades privadas sin finalidad de lucro.
c) Actividades culturales relacionadas con el asociacionismo y la cultura popular y tradicional catalana organizadas por federaciones.
d) Becas para la realización de trabajos de investigación sobre el patrimonio etnológico de Cataluña.
Requisitos:
a) Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural de concesión de la subvención o lo que determinen las bases específicas.b) Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña o lo que determinen las bases específicas.
c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003).
d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña, el Estado y con la Seguridad Social.
e) Cumplir el requisito que establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, con respecto a los centros laborales y, en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1 y 32.3 de la Ley mencionada.
f) En caso de que disponga de una plantilla igual o superior a 50 personas trabajadoras, dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores o trabajadoras con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos (BOE núm. 103, de 30.4.1982); el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.4.2005), y el Decreto 322/2011, de 19 de abril (DOGC núm. 5864, de 21.4.2011).
g) En caso de que tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes social, y utilizarlos adecuadamente, de conformidad con los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
h) Cuando para la realización de la actividad objeto de la subvención se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
Documentos asociados
Boletín:
02/02/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6058
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
09/03/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6084
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6084
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Boletín:
09/03/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6084
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
19/04/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6111
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
14/05/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6127
Documento: Modificación - Ampliación plazo Descargar Documento
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Documento: Modificación - Ampliación plazo Descargar Documento
Boletín:
06/07/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6165
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6165
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