Subvenciones en materia de accion social para asocia ciones y/o entidades privadas sin animo de lucro correspondiente al año 2010.

Código de ayuda:

S41000/10

Norma:

Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar, mediante una subvención económica, a asociaciones y entidades privadas que fomenten actividades sociosanitarias en las áreas especificadas.

Fomentar aquellas actividades destinadas a la atención y mejora de las condiciones de vida de los ancianos, menores, mujeres, personas con discapacidad, enfermos mentales, enfermos de cáncer y otras enfermedades crónicas, así como de personas en situación o riesgo de exclusión social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Sant Josep de Sa Talaia (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las subvenciones que se podrá conceder en esta convocatoria es de 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Asociaciones y otras entidades privadas que se dediquen a la atención y mejora de colectivos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Actividades dirigidas a la atención y/o inserción social de los colectivos señalados en el punto 1 de esta convocatoria.

- Puesta en marcha de servicios de atención psicoterapéutica.

- Actividades de ocio y tiempo libre.

Requisitos:

- Tener su domicilio social en la isla de Ibiza.

- Acreditar que sus actividades benefician a ciudadanos de nuestro municipio.

- Desarrollar preferentemente la actividad en el territorio de Sant Josep de sa Talaia.

- No tener ánimo de lucro.

- Estar legalmente constituidas y registradas, o en trámites de registro, en el Registro Central de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

- Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de la actividad para la cual se solicita la subvención.

- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 24/06/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 95
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento