Subvenciones en materia de comercio a efectuar dentro de la iniciativa Urban La Inmobiliaria: Un nuevo espacio de oportunidades , cofinanciada al 50% con fondos FEDER 2007-2013 de la Unión Europea.- Modificación.

Código de ayuda:

S26782/10

Norma:

Acuerdo del Pleno de 30 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar y apoyar la instalación y apertura de nuevos establecimientos considerados de índole estratégica a efectuarse en el ámbito del Barrio de la Inmobiliaria dentro de la Iniciativa Urban “La Inmobiliaria, un nuevo espacio de oportunidades”, cofinanciada al 50% con Fondos FEDER de la Unión Europea.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Creación nuevas empresas
  • Turismo y Hostelería
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar artículo 4.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Todas aquellas personas físicas o jurídicas, independientemente de la forma en que se constituyan, y del municipio del que provengan, que abran un nuevo establecimiento mercantil en la zona de la Inmobiliaria,
municipio de Torrelavega, a partir del 1 de enero de 2009.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A.- Línea de apoyo a los arrendatarios, mediante la cual se subvencionará exclusivamente los gastos destinados a financiar el alquiler del local de negocio (IVA y gastos de comunidad no incluidos), durante dos años.

B.- Línea de apoyo a la reforma de locales de la Zona 1 y 2 que comprende la realización de obras relativas la mejora de fachada e instalación de toldos, a las que se podrá adicionar, para su realización simultáneamente con las anteriormente indicadas, otras relativas a:

a) Acceso al local y obra civil,

b) Iluminación del local

c) Suelos y pintura.

Requisitos:

a ).- Que sean personas físicas o jurídicas y que el nuevo establecimiento para el que se solicita la subvención base su actividad principal en aquellas que se recogen en estas bases.

b) Que el establecimiento se encuentre ubicado dentro de alguna de las calles, objeto del programa de acciones Urbanas, “La Inmobiliaria, un espacio de oportunidades”,

c) Que la actividad objeto de la subvención se mantenga dentro del ámbito del Barrio de la Inmobiliaria, durante un periodo mínimo de dos años, salvo transmisión por causa de fuerza mayor del local en la que se ejerza la actividad, previamente autorizada por el Ayuntamiento, que la nueva actividad que se implante en el local cumpla los requisitos establecidos en estas bases para ser beneficiario de la subvención y el nuevo titular acepte subrogarse en las obligaciones derivadas de estas bases.

d) Que la actividad reúna suficientes condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera, para lo cual se presentará un plan de negocio.

f) Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de concesiones de ayudas para fines análogos realizadas por la Unión Europea, Administración del Estado, CC. AA. o Ayuntamiento de Torrelavega.

g) Obtengan la licencia de actividad con destino al ejercicio de aquella para cuya apertura se solicita la subvención.

h) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social así como no tener deudas pendientes de abono con el Ayuntamiento de Torrelavega, provenientes de impuestos, tasas, precios públicos o recargos tributarios.

Documentos asociados

Boletín: 23/04/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 77
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/04/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 73
Documento: Modificación Descargar Documento