Subvenciones en materia de cooperacion y desarrollo de paises subdesarrollados.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S35146/14Norma:
Santa Margalida, 1 de julio de 2014.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 15 de septiembre de 2014.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Santa Margalida concederá durante el año 2014 para financiar y colaborar con los gastos ordinarios y las actividades y proyectos de cooperación y desarrollo que, personas físicas o entidades relacionadas con el término de Santa Margalida, organizan y desarrollan en países del Tercer Mundo, subdesarrollados o en vías de desarrollo y que impulsen y promuevan el desarrollo de estos países y redunden en beneficio de los habitantes del lugar donde realizan las actividades de cooperación .Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/4.png)
Convoca:
Ayuntamiento de Santa Margalida (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de subvención será de 2.000,00. - € por solicitante.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o entidades y asociaciones legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro que tengan alguna relación con el término de Santa Margalida y que tengan, entre sus finalidades, el objeto de la presente convocatoria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos ordinarios en que incurran las personas o entidades que participan en actividades de cooperación y desarrollo, así como las derivadas de las actuaciones y proyectos organizados y ejecutados durante el año 2014 para las personas y entidades relacionadas en la base tercera de esta convocatoria que, de forma indubitada, contribuyan a fomentar la participación con la cooperación ya mejorar la calidad de vida de los habitantes de los países donde preste su colaboración, siempre que sean necesarias y se hayan abonado antes de la finalización del periodo de justificación.Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias que se indican en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones y en el artículo 8 de la Ordenanza general Reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Margalida.Documentos asociados
Boletín:
10/07/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 93
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 93
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento