Subvenciones en materia de estimulo y promocion del medio rural, en el marco de los convenios de colaboracion, entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autonoma de Aragon, para el desarrollo de programas piloto de desarrollo rural sostenible, en aplicacion de la Ley 45/2007, de 13 diciembre, para el desarrollo rural sostenible.- Convocatoria 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S47573/10

Norma:

DECRETO 145/2010, de 20 de julio. Ley 45/2007, de 13 diciembre. DECRETO 167/2010, de 7 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones en materia de estímulo y promoción de la iniciativa privada y de las asociaciones sin ánimo de lucro, así como de las Comarcas y del resto de entidades locales cuando actúen como operadores económicos, en el marco de los convenios piloto de colaboración, entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de programas de desarrollo rural sostenible en la aplicación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Aragonesa.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Turismo (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que sean titulares de actividad empresarial, desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón y tengan su sede en la Comunidad Autónoma, entidades locales y comarcales de la Comunidad Autónoma de Aragón así como las Asociaciones sin ánimo de lucro con implantación y sede en la Comunidad Autónoma Aragonesa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Serán acciones subvencionables: las actividades orientadas al cumplimiento de los objetivos generales y específicos a que se refiere el artículo 2 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, y que estarán además comprendidas entre las actuaciones contempladas en los artículos 16 a 33 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.
Esas actividades deberán dirigirse en cualquier caso al estímulo y promoción de la iniciativa privada mediante el fomento de las actividades agrícolas y ganaderas, el turismo, el comercio y la industria de cada una de las zonas rurales objeto de cada una de las convocatorias.

- Serán gastos subvencionables de la actividad objeto de subvención: todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el plazo establecido por las diferentes órdenes de convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 14/12/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 299
Documento: Ley 45/2007, de 13 de diciembre Descargar Documento
Boletín: 02/08/2010
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 150
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 20/09/2010
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 184
Documento: Modificación Descargar Documento